HASTA EL 14 DE MAYO
Solicita personalmente en cualquier Oficina de Correos el impreso para poder votar.
Rellena y firma el impreso.
No olvides tu D.N.I.

HASTA EL 20 DE MAYO
Recibirás en el domicilio que facilites dentro del territorio nacional toda la documentación necesaria para votar. No olvides que debes recibirla personalmente y con tu D.N.I ya que te llegara por correo certificado
Envío de la documentación del voto por correo desde el 4 de mayo al 20 de mayo
La documentación que te enviará la oficina del censo electoral provincial es:
Sobre de votación autonómicas 2015
Papeletas de todos los partidos Elecciones autonómicas 2015
Sobre de votación Elecciones locales 2015
Papeletas de todos los partidos locales 2015
Certificado de estar inscrito en el censo 
Sobre para enviar tu voto. En dicho sobre estará impreso tu colegio, mesa y sección donde te corresponde votar 
TIENES HASTA EL DIA 20 DE MAYO PARA ENVIAR TU VOTO,
Siempre certificándolo, gratuitamente, en cualquier Oficina de Correos.
No introduzcas el certificado de estar inscrito en el censo dentro del sobre de votación con la papeleta. No será válido tu voto. Introdúcelo suelto, dentro del sobre dirigido a tu mesa electoral. 

PERSONAS IMPEDIDAS
Certificado médico oficial, en el que constarán las causas que le impiden votar personalmente. El impreso puede recogerse gratuitamente en el Colegio de Médicos de tu provincia, también puede comprarse en farmacia 

Poder Notarial, justificando si incapacidad para votar y por el que designa a la persona elegida por el votante para que le represente y se ocupe de tramitar su solicitud de voto por correo. Este poder especial para elecciones es gratuito.
La misión del representante consiste en:
Presentar en correos el impreso de solicitud de la persona impedida, que firmara en presencia del funcionario, exhibiendo el representante su D.N.I original
A este impreso le acompañara el certificado médico cumplimentando y el poder notarial correspondiente, mencionando anteriormente
Una vez recibida la documentación por la persona enferma o impedida, que le entregara el cartero personalmente, el representante seguirá las instrucciones expuestas por el voto por correo
Tanto el certificado médico como el poder notarial son gratuitos. Solo se puede ser representante de una sola persona incapacitada.

VOTO POR CORREO DE ESPAÑOLES RESIDENTES TEMPORALMENTE EN EL EXTERIOR
Del 4 al 12 de mayo
Recibirás en el domicilio indicado del país donde te encuentres, toda la documentación necesaria para votar.
La documentación que te envía la Oficina del Censo Electoral de tu Provincia es:
1 sobre Elecciones Locales 2015
Papeletas de todos los Partidos que concurren a las Elecciones Locales 2015 (municipio al que pertenezcas)
1 sobre Elecciones Autonómicas 2015
Papeletas de todos los Partidos que concurren a las Elecciones en tu Comunidad 
Certificado de estar inscrito en el Censo
Sobre para enviar tu voto. En dicho sobre estará impreso tu colegio, sección y mesa donde te corresponde votar (municipio y provincia). No introduzcas el certificado de estar inscrito en el censo Electoral dentro del sobre de votación con la papeleta. No será válido tu voto. Introdúcelo suelto, dentro de sobre dirigido a tu Colegio, Mesa y Sección.
Hasta el 20 de mayo
Tienes hasta el 20 de mayo para enviar tu voto, siempre certificándolo desde cualquier Oficina de Correos.

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