La Comisión Europea pone en marcha varias normas para proteger a las aves silvestres que afectan a la caza, la pesca y los cultivos
Se hace especial hincapié en la prohibición de la destrucción deliberada a nidos, la extracción de huevos en la naturaleza y la perturbación de las aves, especialmente durante la reproducción y la cría
La Comisión Europea publicó el pasado 31 de marzo una serie de normas referentes a una "aplicación pragmática y proporcionada de la Directiva sobre aves sobre el terreno, protegiendo al mismo tiempo las aves silvestre de Europea".
Se trata de un documento con información para asesorar a los Estados miembros a aplicar las normas vigentes y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre la protección de las aves silvestres, reduciendo al mismo tiempo la carga administrativa.
Llevar a la práctica esta normativa es de vital importancia ya que, según expone la Comisión Europea, "las aves desempeñan un papel esencial para la biodiversidad de Europa y contribuyen a la salud de los ecosistemas", estando protegidas en Europa desde 1979.
Estas normas buscan el equilibrio con las necesidades y los retos socieconómicos de los agricultores, silvicultores y pescadores, de manera que afecta directamente al ejercicio de la agricultura, la pesca y la caza.
Junto a estas normas se encuentran dos anexos sobre el Ganso del Barnáculo y el Gran Cormorán, dos especies que han aumentado significativamente su población en los últimos años. También se hace especial referencia a la prohibición de la "matanza deliberada de aves", así como a la destrucción de sus nidos, huevos y su perturbación. En el artículo 9 de esta Directiva sobre aves se permite excepciones "estrictamente controladas" para proteger los cultivos o para la seguridad pública.
Los Estados miembros, por tanto, deben prohibir para todas las especies de aves silvestre el asesinato o captura deliberada por cualquier medio; la destrucción deliberada o daños a nidos o huevos, o extracción de nidos tomando sus huevos en la naturaleza y manteniéndolos incluso vacíos; la perturbación significativa deliberada, en particular durante la reproducción y la cría; el uso de cualquier método para la captura o matanza a gran escala y no selectiva, como redes, jaulas y pegamento; y/o la tenencia, el transporte y la venta de especímenes, vivos o muertos, extraídos de la naturaleza.
Los Estados miembros también deben preservar, mantener y restablecer los hábitats de las aves para garantizar una diversidad y una superficie de hábitats suficientes, lo que se traduce igualmente en una caza sostenible, poniendo fin a la captura y el comercio ilegal de aves silvestres.
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