La Junta acortará los plazos de restricción del movimiento de animales en explotaciones con tuberculosis

La modificación de la Orden que regula la lucha contra esta enfermedad incluye también limitar el número animales y pruebas a realizar  

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Acortar el plazo de las restricciones del movimiento de animales a cebadero y limitar el número de pruebas y animales a los que se realicen forma parte de las modificaciones de la Orden que regula la lucha contra la tuberculosis bovina, manteniendo siempre las máximas garantías sanitarias.

Así lo ha explicado el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, en la reunión mantenida en Salamanca con representantes de las organizaciones agrarias -Asaja, COAG, UCCL y UPA- asociaciones ganaderas y Urcacyl, que ha contado con la presencia del consejero de Agricultura, Jesús Julio Carnero.

Fernández Mañueco ha defendido al sector vacuno destacando la importancia de su labor en el medio rural. "Sois los mayores defensores del medio ambiente", a la vez que recordó que la ganadería es un sector "estratégico en la Comunidad por detrás del cereal y el porcino y líderes nacionales en el ámbito nacional".

Durante la reunión celebrada en Salamanca, se ha formalizado un acuerdo entre la Consejería, las organizaciones agrarias, asociaciones de ganaderos y Urcacyl "para facilitar la actividad y mejorar la rentabilidad de las explotaciones, sometidas a una restrictiva normativa en materia de sanidad animal".

"Castilla y León está haciendo las cosas bien, con una redución de la tuberculosis bovina, que en diez años se ha reducido en dos tercios, del 4,16 al 1,43%. En la actualidad, el 98,6 % de las explotaciones de vacuno de Castilla y León pueden mover libremente sus animales y exportar en Europa y fuera de Europa.

La modificación de la Orden que regula la lucha frente a la enfermedad se centra en el mecanismo de actuación en Ávila, Salamanca y Soria, ya que en el resto de provincias ya se pueden realizar movimientos libres a cualquier cebadero en explotaciones que no han tenido cultivo microbiológico y que tienen historial de ejemplares libres de la enfermedad. Adicionalmente, en las provincias de León, Burgos, Palencia, Segovia, Valladolid y Zamora, donde hay menos de un 1% de explotaciones con tuberculosis, se aplicará el protocolo de movimiento acordado a nivel nacional, en el que cumpliendo determinados requisitos, ante la detección de animales positivos se permite el movimiento libre a cualquier tipo de cebadero nacional.

Principales novedades que se incorporan en 2020:

Hasta ahora: cuando una explotación ganadera tiene resultados positivos a tuberculosis ve restringido su movimiento libre a cebaderos. Esta restricción de movimientos se mantenía un mínimo de cuatro meses y requería haber superado dos pruebas completas a todos los animales de la explotación ganadera con resultados negativos.

Novedad: con el mecanismo de trabajo acordado, este plazo se podrá acortar a dos meses y habiendo superado una única prueba con resultados negativos.

Hasta ahora: para poder hacer movimientos en explotaciones con positividad a cebaderos concretos, era obligatorio que en estas explotaciones se realizara una prueba completa a toda la explotación ganadera.

Novedad: a partir de enero de 2020 no será necesario realizar el saneamiento de todos los animales, sino solo de los animales objeto de traslado.

Hasta ahora: cuando un ganadero compra animales con origen en otras explotaciones ganaderas de riesgo, toda la explotación ganadera de destino se sometía a una nueva prueba completa para detectar tuberculosis bovina. Esto suponía que el ganadero tenía que recoger todos los animales para realizar el nuevo diagnóstico.

Novedad: a partir de 2020, en determinadas circunstancias, cuando se haya saneado en los seis meses anteriores y con posterioridad a la entrada de los animales de riesgo, solo se repetirán las pruebas de detección de tuberculosis en los animales concretos que hayan introducido de esos orígenes conflictivos.

Hasta ahora: si se detectaban animales positivos en una explotación que sustenta su producción en la venta de animales reproductores, ese ganadero tenía que esperar 12 meses y haber superado tres pruebas diagnósticas con resultado negativo para poder hacer este movimiento.

Novedad: a partir de enero de 2020, verán reducido este periodo de restricción a cuatro meses y a la realización de dos pruebas negativas, cuando los ejemplares lleven tres años consecutivos sin la enfermedad.

En cuanto a la relación sanitaria de explotaciones (tomar medidas restrictivas en explotaciones próximas cuando se considera que puede haber riesgo de contagio), será automática cuando se compruebe que al menos un animal se ha saneado de forma conjunta con otras explotaciones. En el resto de los casos, la relación se motivará con un informe de los servicios veterinarios oficiales y se comunicará al ganadero.

Se mantiene el mecanismo de trabajo en relación a la estrategia de uso del programa ?gamma interferon? en explotaciones positivas (prueba complementaria mediante análisis de sangre).

Se hará un esfuerzo informativo de cada detalle que implica la aplicación del Programa Nacional de Erradicación de Tuberculosis Bovina, para afianzar la confianza y conocimiento del sector ganadero regional.

Se articularán medidas que ofrezcan garantías adicionales al sector ganadero en cuanto a los equipos de saneamiento en campo, para los que se estudiarán las posibilidades de mejora para su contratación. En relación con la problemática de fauna silvestre se realizará formación a personal específico en la realización de encuestas e investigación epidemiológica y de bioseguridad.

La Consejería trasladará al Ministerio tres reivindicaciones: la posibilidad de aumentar los baremos de indemnización ante el sacrificio de animales positivos; que las explotaciones positivas puedan tener movimiento libre a cualquier cebadero; y el poder permitir movimientos de entrada a explotaciones positivas en determinadas circunstancias.

Cambios que permitirán que el movimiento libre a cebaderos se acorte en el tiempo y que este movimiento se pueda hacer con una única prueba diagnóstica. Que los ganaderos que sustentan su producción en la venta de animales reproductores reduzcan el tiempo para poder realizar este movimiento, y se minimice la necesidad de manejo cuando se incorporan animales de explotaciones que posteriormente obtienen resultados positivos.

 

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