La Junta fija 20 días hábiles de caza para la media veda en los meses de agosto y septiembre

Se podrá cazar los días 15, 16, 18, 19, 21, 23, 25, 26, 28 y 30 de agosto y 1, 2, 4, 6, 8, 9, 11, 13, 15 y 16 de septiembre de 2018

 CAMPOCaza
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La Junta de Castilla y León ha fijado los días hábiles de caza para la media veda en los meses de agosto y septiembre. El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado los 20 días en los que se podrá cazar, que son los días 15, 16, 18, 19, 21, 23, 25, 26, 28 y 30 de agosto y 1, 2, 4, 6, 8, 9, 11, 13, 15 y 16 de septiembre de este año para todo el territorio regional.

Los días fijados como hábiles para la práctica de la caza de las especies incluidas en la media veda en los apartados anteriores deberán entenderse como máximos. En consecuencia, los titulares de los cotos podrán reducir el número de días y establecer cupos u horarios más restrictivos respecto a lo establecido en la Orden FYM/728/2018, de 25 de junio. 

Además, en la provincia de Zamora exclusivamente en la zona situada al Este y al Sur de la línea definida de la siguiente forma: Partiendo desde el punto donde tiene lugar la intersección de la línea divisoria de los términos Justel y Cubo de Benavente y el límite con la provincia de León, y siguiendo dicha línea divisoria de ambos términos hasta el punto de confluencia de los términos municipales de Justel, Cubo de Benavente y Muelas de los Caballeros. Desde este punto se sigue la línea de separación entre los términos de Cubo de Benavente y Muelas de los Caballeros, hasta el punto de confluencia de los términos municipales de Cubo de Benavente, Molezuelas de la Carballeda y Muelas de los Caballeros. Desde este punto se sigue la línea de separación entre los términos de Molezuelas de la Carballeda y Muelas de los Caballeros hasta el punto de confluencia entre los términos municipales de Molezuelas de la Carballeda, Peque y Muelas de los Caballeros. Desde este punto se sigue la línea divisoria entre los términos de Muelas de los Caballeros y Peque hasta el punto de confluencia entre los términos municipales y Muelas de los Caballeros. Desde este punto se continúa por la línea divisoria entre los términos de Peque y Manzanal de los Infantes hasta el punto de confluencia entre los términos de Peque, Rionegro del Puente y Manzanal de los Infantes. Desde este punto se sigue el límite entre los términos municipales de Rionegro del Puente y Manzanal de los Infantes hasta la confluencia de los términos de Rionegro del Puente, Mombuey y Manzanal de los Infantes. Desde este punto se sigue la línea divisoria entre los términos municipales de Rionegro del Puente y Mombuey hasta su intersección con el río Tera. Desde este punto se sigue el curso del río Tera hasta Puebla de Sanabria, desde aquí se sigue la carretera N-622 de Puebla de Sanabria por Calabor hasta la frontera portuguesa. En los cotos que queden divididos por la línea definida anteriormente se podrá cazar en toda la superficie de los mismos.

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