Una orden de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León, autoriza estas quemas controladas en sábado, domingo o festivo, aunque con la recomendación de que preferiblemente se hagan de lunes a viernes no festivos.
La prohibición se refería al empleo del fuego, con autorización, para la quema de matorral, pastos y restos de vegetación en el monte o a menos de 400 metros de masas arbóreas.
"La práctica ha demostrado que muchos de los propietarios de fincas en Castilla y León no viven en los pueblos donde éstas se encuentran, por lo que sólo pueden realizar las quemas de restos de vegetación en sábado, domingo o festivo", explica la orden.
Por ello, se sustituye la obligatoriedad de quemar en día laborable por una recomendación.
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