Los veterinarios de mataderos de Salamanca anuncian protestas y un horario ‘funcionario’ si no alcanzan un acuerdo con la Junta

Si no llegan a un acuerdo con el Ejecutivo regional comenzarían el 24 de marzo con un horario ‘funcionario’

Reunión veterinarios de mataderos de Salamanca. Foto de archivo
Reunión veterinarios de mataderos de Salamanca. Foto de archivo

Los veterinarios de mataderos de Salamanca se han reunido este jueves, 13 de marzo, en la sede del Colegio Oficial de Veterinarios para hacer un repaso a la situación actual que vive el sector en la provincia, así como el estado de las negociaciones con la Junta de Castilla y León.

Unas negociaciones en las que se reivindican hasta 18 puntos que tienen que ver con el reconocimiento justo de su labor, tanto en términos económicos como en condiciones de trabajo.

Por el momento, tal y como informan en un comunicado de prensa desde USCAL, el Ejecutivo regional mantiene una posición negativa y por ello también han hablado de diferentes acciones de protesta que tendrán lugar en los próximos días.

En ese sentido contemplan que comenzarían el día 24 de marzo con servicios de veterinarios en horario ‘funcionario’, lo que supondría “un cambio radical que afectaría al ritmo de trabajo de los mataderos”, aseguran en el comunicado.

Las reivindicaciones que exigen a la Junta son las siguientes:

1º.- Que se abone un complemento por nocturnidad consecuente a la penosidad, no la irrisoria cantidad actual de 2.45 €/hora.

2º.- Que se abone un complemento específico en consonancia con las condiciones singulares de estos puestos de trabajo en atención a su especial dificultad técnica, dedicación,responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad o penosidad.

3º.- Que se adecúe o en su defecto se abone mediante la minoración de las jornadas (mediante compensaciones horarias y/o económicas) por la turnicidad, la penosidad y la obligatoriedad de realizar horarios fuera de lo regulado por el Decreto 59/2013, reconociendo el derecho de una jornada especial con los horarios especiales correspondientes específica para el servicio veterinario oficial con destino en matadero. Que se adecúe un sistema que permita a los veterinarios de los mataderos disfrutar de la flexibilidad del resto de los funcionarios no asistenciales. En su defecto que se adecúe el sistema para regular los horarios conforme a la normativa legal actual, con la consiguiente indemnización del tipo que se acuerde (compensación económica, horaria y/o mixta).

4º.- Que se adecúe un sistema que impida el incumplimiento continuado del número de horas trabajadas, superior a las 9 legales durante muchas épocas del año.

5º.- Que se adecúe un sistema que haga que la jornada de trabajo no exceda las 48 horas semanales.

6º.- Que se adecúe un sistema que permita el descanso regulado por norma de 12 horas entre turnos

7º.- Que se adecúe un sistema que haga que en las jornadas especiales el número de veterinarios de servicio sea igual a una jornada normal, y que en su defecto se nombren sustitutos.

8º.- Que se abone el complemento de atención continuada que está regulado por la Ley 5/2024, de 9 de mayo, art. 13.i.

9º.- Que se abone el kilometraje desde la ubicación física de la Demarcación o Centro de Salud hasta el puesto de trabajo.

10º.- Que se abone una dieta por manutención a aquellos SVO que por razones organizativas tuvieran que desarrollar su jornada en horario de mañana y de tarde de forma continua.

11º.- Que todos los VZ que dediquen la jornada completa en mataderos se les reconozca la figura de ATF y se les abone los emolumentos correspondientes a VI.

12º. Que a todos los veterinarios sustitutos con un contrato de VZ que dediquen la jornada completa en mataderos se les abonen los emolumentos correspondientes a VI.

13º.- Que ningún matadero de Castilla y León disponga en su plantilla de un solo veterinario.

14º.- Que en ningún matadero se obligue a realizar más de dos semanas seguidas en el mismo turno de trabajo, salvo anuencia de los interesados.

15º.- Que en los mataderos con horario nocturno completo este no se extienda más allá de las 7 horas de trabajo efectivo.

16º. Que se reconozca la labor de formación práctica que realizan los veterinarios de mataderos con todos los veterinarios sustitutos que realizan sustituciones por primera vez y con los interinos y funcionarios de carrera que se incorporan a su nuevo puesto sin haber trabajado antes en un matadero o que no tienen la experiencia mínima exigida legalmente.

17º. Que se reconozca el derecho a percibir el importe de los complementos de las actividades realizadas: complemento de actividad continuada y complemento de productividad por control permanente.

18º. Que se reconozca el derecho a un permiso de 10 minutos para el aseo personal antes del descanso diario y antes de abandonar el puesto de trabajo debido al desarrollo de una actividad donde existe un riesgo para la salud o la seguridad por la exposición a agentes biológicos (Real Decreto 664/1997).

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