Absuelto el conductor de ambulancia que sufrió un accidente en el que murió un paciente

El juez le da preferencia sobre el conductor al que pretendía adelantar porque llevaba cien metros en el carril izquierdo

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El Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid ha dictado sentencia absolutoria en el caso del conductor de ambulancias Tarsicio M.F. que había sido acusado de la muerte de un paciente de 91 años y de las lesiones sufridas por el hijo de éste con motivo del accidente de tráfico que el vehículo sanitario protagonizó en julio de 2016 en Medina de Rioseco al colisionar con otro turismo al que pretendía adelantar.

En su sentencia 'exprés', dado que el juicio se celebró el jueves, el juzgador absuelve al 'ambulanciero' por entender que cuando se produjo el siniestro llevaba ya adelantando por el carril izquierdo desde hacía cerca de cien metros, como así apuntó uno de los testigos, y por ello tenía preferencia sobre el conductor del turismo con el que chocó en el momento en que éste dio la intermitencia y se disponía a entrar en una gasolinera, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Fiscalía de Valladolid y la acusación particular habían solicitado, respectivamente, una condena de entre dos años y un año y medio de prisión y la retirada del carné de conducir por espacio de cuatro y dos años como autor de un delito de homicidio por imprudencia grave y tres delitos de lesiones, mientras que la defensa había pedido un fallo absolutorio y, subsidiariamente, una condena por imprudencia menos grave.

En el capítulo de la responsabilidad civil, la acusación particular pedía al acusado que indemnizase al hijo del fallecido con 54.000 euros por la hipoacusia que éste padece y que, apoyado en el informe de un otorrino, asegura que tiene su origen en el accidente, algo que rechazó la defensa basada en sendos informes, uno del forense y otro de un especialista en la materia.

También el hijo del nonagenario fallecido pedía otros 24.000 por los trabajos agrícolas en dos hectáreas que gestiona y que a causa de lo ocurrido se vio obligado a externalizar, cantidad que sí se había comprometido a sufragar el acusado.

El 'ambulanciero' mantuvo en el juicio que aquella mañana acudió a la residencia de mayores de Mayorga, acompañado de su esposa, ésta en calidad de técnico, en respuesta a una llamada del Servicio de Emergencias 112 para trasladar a un varón de 91 años al Hospital Río Hortega de la capital que presentaba una insuficiencia cardiorespiratoria severa.

Habían recorrido poco más de 30 kilómetros cuando al tomar la recta de entrada en Rioseco en dirección hacia Valladolid, una vez superada la cooperativa Coproga y poco antes de llegar a la gasolinera, el acusado adelantó a dos vehículos y se disponía a hacer lo propio con un tercero, momento en el que se produjo el impacto en el carril izquierdo al tratar de meterse el conductor de dicho turismo en la estación de servicio con el fin de repostar.

Recordó que tan sólo llevaba puestos los rotativos luminosos, no así la sirena o señal acústica porque, como así insistió, no lo creyó necesario porque no había mucho tráfico ni atasco en la carretera.

"Llevo más de cuarenta años de servicio y no creí oportuno llevar la señal acústica", apuntó Tarsicio, quien reconoció que iría a unos 70 kilómetros por hora en una vía limitada a 50 y que el adelantamiento se produjo en una recta con línea discontinua--hoy en día es continua--, al tiempo que justificó la licitud de la maniobra en el hecho de que se trataba de un servicio de "emergencia" debido al delicado estado del nonagenario, al que la esposa del acusado, en la parte de atrás en calidad de técnico, se disponía a ponerle una mascarilla de oxígeno. 

"¡No sé si frenó o no, no vi si había puesto el intermitente ni me dio tiempo a evitar el impacto!", alegó el transportista sanitario, quien achacó el vuelco de la ambulancia no a dicha colisión, que fue casi por raspado, sino al posterior choque con un pilar de hormigón ante la gasolinera.

Sin embargo, el hijo del fallecido--la indemnización del anciano ya ha sido sufragada--que figura como acusador particular, ya que reclama algo más de 94.000 euros por una hipoacusia o pérdida de oído que vincula con el siniestro, aseguró que desde el inicio del trayecto el acusado pilotó la ambulancia de forma imprudente.

De hecho, Félix R.S, recordó que incluso le recriminó tal circunstancia. "'Tranquilo, chaval, esto es así, no te pongas nervioso!", es la respuesta que el testigo ha puesto en boca del 'ambulanciero', al que reprochó que conducía muy rápido y sin parar de dar bandazos de izquierda a derecha para sortear a otros coches, cuando el estado de su padre no exigía tal urgencia ya que el único motivo de acudir al Río Hortega era para "hacerse unas pruebas por sufrir una faringitis".

Un empleado de la gasolinera con más de treinta años de servicio en la misma, testigo directo del suceso, sostuvo que la ambulancia llevaba adelantando por el carril izquierdo cien metros antes de la colisión con el vehículo que invadió su trayectoria para entrar a repostar, testimonio clave para la absolución del encausado.

Dos guardias civiles de Atestados que elaboraron el informe sobre el siniestro ratificaron que la causa fue un "cúmulo de infracciones" por parte del conductor de la ambulancia por circular a más velocidad de la permitida en un tramo limitado a 50 y no usar las señales acústicas, algo que es necesario en caso de riesgo para los usuarios de la vía.

"Aunque lleve un servicio de emergencia, sabe que no puede hacer lo que quiera y que él es responsable si ocurre algo, debería de haber llevado las señales acústicas y luminosas de forma simultánea", coincidieron ambos agentes, que también creen que el acusado no llevaba puesto el cinturón de seguridad, algo que él ha negado.

En su informe, en el que constatan que el primer impacto es con la zona trasera del turismo y luego con la parte delantera izquierda, los dos guardias civiles mostraron dudas sobre quién de los dos implicados en el coche tenía derecho de preferencia, si el 'ambulanciero' por ir ya adelantando por el carril izquierdo o el conductor del vehículo por haber señalizado su entrada en la gasolinera con el intermitente. "No queda muy claro en el reglamento", advirtieron.

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