Actualizada la estructura y las competencias de las delegaciones territoriales de la Junta

El Gobierno autonómico como avance hacia una Administración más moderna y eficaz

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 Actualizada la estructura y las competencias de las delegaciones territoriales de la Junta
Actualizada la estructura y las competencias de las delegaciones territoriales de la Junta

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy modificar el Decreto 271/2001 por el que se regula la estructura orgánica y las competencias de las delegaciones territoriales de la Junta de Castilla y León. Este avance normativo contribuirá a modernizar la organización de las actuales estructuras administrativas, en la medida que forma parte de un proyecto de reforma de la organización. Así mismo, será una de las referencias a partir de las cuales se ordenarán las unidades administrativas con rango de servicio en el ámbito periférico, cuya estructura orgánica se ha mantenido desactualizada por referencia a los servicios centrales durante años.

El nuevo texto redefine y organiza las competencias correspondientes a los delegados territoriales. A tal efecto se han establecido seis grandes bloques competenciales: la representación de la Junta de Castilla y León en la provincia; la coordinación de la información a los ciudadanos; la dirección y la coordinación de la acción política en el ámbito provincial; la dirección, coordinación e impulso de la actividad administrativa de las unidades de la Delegación Territorial; las relaciones y el ejercicio de competencias compartidas con otras Administraciones Públicas; y, por último, las que se le atribuyan, desconcentren o deleguen.

El decreto modificado será la base sobre la que se acomodará al personal que preste servicios en la Administración periférica a medida que vayan desarrollándose los instrumentos de organización recogidos en la Ley de la Función Pública de Castilla y León, en su redacción por la Ley de Medidas Tributarias y Administrativas.

Este decreto también busca flexibilizar el funcionamiento y modificar la composición de la Comisión Territorial de Coordinación, así como definir qué unidades administrativas constituyen la estructura de las delegaciones territoriales. En este sentido, se definen las secretarías territoriales y se enuncian sus funciones principales (la de apoyo al delegado territorial y la de coordinación de la actividad administrativa de la Delegación); se determina qué unidades administrativas tienen rango de servicio y su denominación; y se recogen las especialidades correspondientes a las asesorías jurídicas territoriales y a las intervenciones delegadas.

Otros de los fines que busca la regulación aprobada son establecer las competencias sectoriales que corresponde ejercer a las delegaciones territoriales y mantener las áreas de coordinación del Bierzo y de Miranda de Ebro, dada su necesaria su labor de apoyo a los delegados territoriales en dichas zonas.

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