Cerca de 12.000 alumnos de FP de Castilla y León empiezan a cotizar a la Seguridad Social con sus prácticas en empresas

Los estudiantes de segundo curso de los ciclos realizarán sus becas formativas entre marzo y junio

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 Presentanción nuevo ciclo formativo de grado superior en Ganaderia y Asistencia en Sanidad. Foto de archivoAnimal
Presentanción nuevo ciclo formativo de grado superior en Ganaderia y Asistencia en Sanidad. Foto de archivoAnimal

Cerca de 12.000 alumnos del segundo curso de los ciclos de Formación Profesional (FP) en Castilla y León empezarán en los próximos días a cotizar a la Seguridad Social con sus prácticas formativas en empresas, a los que habría que sumar los estudiantes de Enseñanzas Artísticas Superiores y Profesionales y las Enseñanzas Deportivas. Será la primera vez que los matriculados en FP estarán dados de alta por realizar prácticas entre marzo y junio, por lo que los días cotizados durante el trabajo se incorporan a la vida laboral del alumno con efectos de su jubilación.

El pasado 1 de enero entró en vigor el Real Decreto-ley 2/2023, que regula la cotización a la Seguridad Social del alumnado que realiza prácticas formativas en entornos laborales como parte del aprendizaje incluido en los currículums académicos, lo que ha obligado a una adaptación por parte de las compañías y los centros educativos.

También ha supuesto un cambio sustancial para las comunidades autónomas como ha ocurrido con la Junta de Castilla y León. La consejera de Educación, Rocío Lucas, reconoció, hace dos semanas en su comparecencia en las Cortes para exponer los detalles referidos a su departamento para los presupuestos para 2024, la “enorme” problemática que ha generado la “imposición” del Gobierno de España. Además, cifró en 3,4 millones el coste de la gestión y el personal necesario, con la contratación de 17 profesionales, que debe afrontar la Administración autonómica para el curso 2023-2024. Y eso que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones corre con el 95 por ciento del coste de la cotización y mientras que el cinco por ciento restante lo pone Educación.

Fuentes de la consejería añadieron a la Agencia Ical que, junto al coste de cotización que contempla la normativa, hay que tener en cuenta el desembolso derivado de las situaciones de incapacidad temporal. Pone el ejemplo de cuando se produzca una baja por contingencia profesional, ya sea por un accidente laboral o la maternidad, será necesario abonar el salario correspondiente al Grupo 8 de cotización a la persona afectada durante el tiempo que dure la situación de baja. Unos costes que, precisaron, no están cubiertos por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

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