El Consejo de Cuentas señala al Ayuntamiento de Ávila por incumplir la legalidad en la contratación de la recogida de residuos

Un informe del Consejo de Cuentas de Castilla y León concluye que el consistorio de la capital incumple la legalidad en la contratación administrativa de la recogida de residuos sólidos urbanos.

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 El Consejo de Cuentas señala al Ayuntamiento de Ávila por incumplir la legalidad en la contratación de la recogida de residuos
El Consejo de Cuentas señala al Ayuntamiento de Ávila por incumplir la legalidad en la contratación de la recogida de residuos

El informe, que ya conocen las Cortes de Castilla y León, pertenece al Plan Anual de Fiscalizaciones 2015 y se encuadra en la serie que este órgano elabora sobre las capitales de provincia de la Comunidad que tienen contratada la prestación de este servicio, que son todas excepto León y Valladolid.

Se trata de una "auditoría combinada" sobre  la gestión para "comprobar la legalidad en las distintas fases de tramitación del procedimiento de contratación, verificar los sistemas de control sobre la realización del servicio y analizar los principales indicadores sobre su prestación".

En el caso de Ávila, esta fiscalización hace referencia a la gestión de la recogida de residuos sólidos urbanos en los ejercicios 2013 y 2014, sin que haya recibido alegaciones por parte del Ayuntamiento de la ciudad.

De acuerdo con el informe, el contrato fiscalizado, formalizado el 1 de julio de 2010 y concluido el 30 de junio de 2016, se adjudicó por 5 millones, de los que menos de la mitad, en concreto 2,2 millones, “se han considerado imputables a la recogida de residuos urbanos”.

Falta de control

El Consejo de Cuentas indica que "no consta la existencia y la aplicación de sistemas de control por la entidad para determinar la efectiva realización del servicio", mientras que en relación con la aplicación de la normativa presupuestaria, señala que "no figura en el expediente el certificado de existencia de crédito para hacer frente a la contratación, ni el documento contable que refleje el compromiso del gasto, ni se elaboran las retenciones de crédito correspondientes a las revisiones de precios realizadas".

"Tampoco hay constancia de que se haya elaborado el certificado sobre los límites de los gastos plurianuales", subraya este órgano antes de apuntar, acerca de los mecanismos de control interno, que "no figura el informe sobre fiscalización previa del expediente de contratación".

Igualmente, se afirma que "no consta el informe de fiscalización del compromiso del gasto previo a la adjudicación del contrato ni del correspondiente al modificado".

Respecto a las actuaciones preparatorias de tramitación del expediente, "no se ha establecido, con carácter previo, el régimen jurídico del servicio, ni figura el proyecto de explotación".

Además, sobre el cumplimiento del pliego de condiciones económico-administrativas, el consejo observa "diferentes incidencias", como que "no conste el importe del valor estimado del contrato" y que no se fijen "los requisitos mínimos de solvencia económica y financiera que deben acreditar los licitadores".

A la vista de los incumplimientos, el Consejo de Cuentas efectúa hasta once recomendaciones entre las que figuran que la entidad "garantice la posibilidad de determinar el precio, de forma desglosada, de cualquiera de las prestaciones que integren el objeto de los contratos".

Además, y de acuerdo con la normativa europea vigente, recomienda que en el futuro el Ayuntamiento "encuadre el contrato objeto de esta auditoría dentro de la categoría de los contratos de servicios, en lugar de ser considerado concesional, porque el adjudicatario no asume riesgo de explotación".

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