Los escolares de segundo ciclo de Infantil, Primaria y Educación Especial, así como los estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria matriculados en centros de Primaria comenzarán el día 10 de septiembre sus clases. Por su parte, los Institutos de Educación Secundaria empezarán el curso el 17 de septiembre para acoger a los alumnos de ESO, Bachillerato, 2º curso de ciclos formativos de Formación Profesional y Programas de Cualificación Profesional Inicial (PCPI).
 
Por otro lado, los estudiantes de primer curso de ciclos formativos de FP y los de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño comenzarán el 23 de septiembre; los de enseñanzas a distancia y las aulas de personas adultas iniciarán las clases el día 25 y, por último, el 30 de septiembre para los alumnos de las Escuelas Oficiales de Idiomas y de las enseñanzas de Música y Danza.
 
En cuanto al final de curso, el alumnado de segundo ciclo de Infantil, Educación Especial, Primaria, ESO, 1º de Bachillerato, adultos, primer curso de ciclos formativos y enseñanzas de Música y Danza terminarán el día 23 de junio. Por otro lado, los estudiantes de 2º curso de ciclos de Grado Superior y PCPI cerrarán el periodo 2014-2015 el 12 de junio. Con anterioridad, el alumnado de 2º curso de ciclos formativos de Grado Superior y 2º de Bachillerato habrá finalizado las clases el 5 de junio para preparar hasta esta fecha las pruebas de acceso a estudios universitarios y las pruebas extraordinarias de las asignaturas suspensas. Finalmente, las enseñanzas de Idiomas y 6º curso de enseñanzas de Música y Danza terminarán el 29 de mayo.
 
Para establecer las fechas de inicio de curso de Educación Secundaria se han tenido en cuenta las propuestas realizadas por directores de institutos de las nueve provincias, que han analizado las numerosas tareas organizativas al inicio del curso escolar y su incidencia en el comienzo de las actividades lectivas.
 
Asimismo, se mantiene como en el curso actual la modificación de la jornada escolar durante el mes de septiembre para los centros de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, que consiste en que en ese mes tendrán jornada de mañana con jornada completa de cinco horas; en junio la jornada de mañana será de cuatro horas.
 
Vacaciones, festividades y días no lectivos
 
El calendario del curso 2014-2015 también establece los periodos vacacionales, festividades laborales y días no lectivos. Así, las vacaciones de Navidad comprenderán del 20 de diciembre de 2014 al 7 de enero de 2015 y las de Semana Santa, del 28 de marzo al 6 de abril, atendiendo así a una distribución más equilibrada y compensadora entre trimestres.
 
Además de los festivos establecidos en el calendario laboral de la Comunidad y los propios de carácter local, serán no lectivos el 31 de octubre de 2014 (Día del Docente) y los días 16 y 17 de febrero (fiestas de Carnaval).
 
Modificaciones en el calendario
 
No obstante, los centros docentes pueden solicitar cambios en el calendario escolar. Para ello, deben solicitar su modificación a las Direcciones Provinciales de Educación antes del 31 de julio de 2014 cuando las modificaciones afecten al inicio del curso escolar, y antes del 30 de septiembre para el resto. En el caso de los colegios e institutos sostenidos con fondos públicos, la solicitud debe aprobarse con anterioridad por el Consejo Escolar o por el Consejo Social, en el caso de Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP).
 
Además, los centros que comparten los servicios de comedor o transporte escolar tienen que acordar y solicitar individualmente la modificación de los mismos días, para que de esta forma dispongan del mismo calendario escolar. Los directores de los centros implicados adjuntarán a la solicitud un documento en el que se refleje el acuerdo alcanzado.
 
La posibilidad de solicitar dichos cambios pretende conjugar un marco común para las provincias de Castilla y León con la especificidad de cada centro y sus circunstancias, teniendo en cuenta su autonomía en lo relativo a la organización y distribución del tiempo escolar.
 
Asimismo, aunque la solicitud la realizan los centros, los ayuntamientos o los consejos escolares municipales, si se da el caso, pueden promover la coincidencia de dichas modificaciones entre todos los centros de su municipio para que sean los centros los que aprueben y tramiten la solicitud. La normativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte fija un mínimo de 175 jornadas por curso para las enseñanzas obligatorias.

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