El Tribunal Supremo desestima la petición de Podemos-Alianza Verde CYL para participar en los debates electorales

El Supremo rechaza la solicitud de medidas cautelares para incluir al candidato en los debates del 5 y 10 de marzo

El candidato de Podemos-Alianza Verde Miguel Ángel Llamas junto al secretario de Organización y portavoz de Podemos, Pablo Fernández
El candidato de Podemos-Alianza Verde Miguel Ángel Llamas junto al secretario de Organización y portavoz de Podemos, Pablo Fernández | ICAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado la solicitud de la coalición electoral Podemos-Alianza Verde Castilla y León para suspender la ejecución del acuerdo de la Junta Electoral Central de Castilla y León, de 23 de febrero de 2026, que excluye a su candidato de los debates electorales de la campaña para las elecciones a las Cortes de Castilla y León del próximo 15 de marzo.

La coalición, cuyo candidato a la Presidencia de la Junta es Miguel Ángel Llamas, solicitaba medidas cautelarísimas para garantizar su participación en los debates programados para los días 5 y 10 de marzo. Sin embargo, la Sala ha desestimado la petición, argumentando que la medida cautelar urgente se dirige contra un “acto expreso concreto” y no concurre ninguno de los supuestos de inactividad o actuación por vía de hecho que permitirían la adopción de la solicitud previa al proceso, conforme al artículo 136 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa.

Asimismo, la Sala indicó que tampoco procede aplicar el artículo 135 de la misma Ley, ya que exige la previa interposición del recurso contra el acto impugnado, requisito que no había cumplido la formación política.

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