El TSJCyL condena al Sacyl a pagar 96.000 euros por un retraso en el diagnóstico de una rotura de aneurisma que acabó con la vida del paciente
Los hechos ocurrieron en agosto de 2019, cuando F.R.A., de 63 años, acudió a los servicios médicos de urgencias del Hospital Clínico Universitario de Valladolid
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a la Consejería de Sanidad y a su entidad aseguradora indemnizar con 96.056 euros a la familia de un paciente al que se le diagnosticó con retraso una rotura de aneurisma. La sentencia considera que hubo una asistencia sanitaria deficiente por parte de los servicios públicos sanitarios del Sacyl al privar de la posibilidad de haber sobrevivido por no aplicar todos los medios y recursos que la administración tenía.
Los hechos ocurrieron en agosto de 2019, cuando F.RA., de 63 años, acudió a los servicios médicos de urgencias del Hospital Clínico Universitario de Valladolid por mucosidad, siendo diagnosticado de un proceso catarral. Al día siguiente acudió a su médico de Atención Primaria con los mismos síntomas y se le realizó una radiografía de tórax que era compatible con un aneurisma torácico. Además, el médico derivó de inmediato al paciente al Servicio de Urgencias del Hospital Clínico. El informe emitido por el radiólogo a petición del servicio de Urgencias estableció como hallazgo la presencia de una elongación aórtica “sin poderse descartar un componente aneurismático”.
Aun así, sin descartar la existencia del aneurisma señalado por el médico de cabecera y sin tener en cuenta las anotaciones del historial médico del paciente, se le dio el alta indicando: “sin patología urgente”.
El paciente acudió al día siguiente de nuevo a su médico de Atención Primaria, quien insistió en que volviera a urgencias del Hospital Clínico. Esta vez fue ingresado con sospecha de rotura de aneurisma, pero cuando se pretendió realizar un Angio-TAC torácica/abdominal, sufrió una parada cardiorrespiratoria de la que no revirtió. Falleció el 8 de agosto de 2022 en urgencias hospitalarias y la autopsia objetivó un aneurisma torácico diseccionado como causa principal del fallecimiento.
La sentencia considera que “al paciente se le privó de cierta posibilidad de haber sobrevivido de haber sido diagnosticado acertadamente en mayo de 2018 mediante una lectura correcta de la radiografía realizada, que hubiera podido evitar las complicaciones que surgen en la evolución natural del AAT, mediante una intervención quirúrgica con supervivencias posoperatorias del 80 por ciento y si hubiera sido examinado y valorado personalmente, no por teléfono, por el cirujano vascular en agosto de 2019 cuando el médico de atención primaria ya había sospechado la presencia de AAT mediante la radiografía que le realizó”.
Santiago Díez, letrado de la Asociación de El Defensor del Paciente, argumenta que es cierto que no “sabemos qué evolución hubiera tenido el paciente de haberse diagnosticado e intervenido precozmente, cuando se podía y debía haberse hecho, pero lo que es seguro es que falleció por ese retraso diagnóstico injustificable, del que deber responder la Consejería de Sanidad”.
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