El Comité de Apelación desestima el recurso del Salamanca CF UDS por alineación indebida del Villaralbo

Tras la visualización de las pruebas, el Comité asegura que la decisión del árbitro “no resulta desvirtuada por las imágenes, ya que la sustitución del jugador del CD Villaralbo no llega a consumarse”

Salamanca CF UDS – Villaralbo
Salamanca CF UDS – Villaralbo

El Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha desestimado el recurso presentado por el Salamanca CF UDS contra el Juez Único Disciplinario del grupo 8 de Tercera RFEF, por la decisión que valoró que el CD Villaralbo no había incurrido en alineación indebida como sí garantizaba el club salmantino.

El recurso fue presentado el 20 de marzo por el club del Helmántico, aportando imágenes de vídeo de ese partido que han sido visualizadas por el Comité. Sin embargo, este órgano ha valorado que lo aportado como prueba por el Salamanca CF UDS no desvirtúa el acta arbitral: “La descripción de los hechos que el árbitro refleja en el acta en relación con los hechos sucedidos no resulta desvirtuada por las imágenes, ya que la sustitución del jugador del CD Villaralbo no llega a consumarse”.

No obstante, el Comité valora que las imágenes puedan plantear dudas sobre lo ocurrido, pero no es competencia suya porque “, lo que se dilucida en los órganos disciplinarios no es la prueba de lo que realmente ocurrió, sino algo mucho más modesto: si lo que se aprecia en las pruebas, en concreto ahora en la videográfica, es compatible con lo reflejado en el acta, con independencia de que también pueda serlo con otras versiones, incluida la del club recurrente”.

En ese sentido, el Comité asegura que las pruebas tienen que demostrar una versión distinta de los hechos o una distinta apreciación de una supuesta intencionalidad, pero las imágenes aportadas por el club salmantino “no son suficientes” porque deberían ser pruebas “que demuestren de manera concluyente su manifiesto error”.

Con ese razonamiento la RFEF afirma que el CD Villaralbo “no superó el número de ocasiones permitidas para realizar las sustituciones, puesto que el árbitro no permitió la realización de la cuarta sustitución intentada por el CD Villaralbo. Al no haberse permitido la sustitución, lo que hace el árbitro es autorizar, de nuevo, la entrada del jugador número 10 en el campo, cuya sustitución, a juicio del árbitro y sin que haya sido probado ser un error manifiesto, nunca llegó a efectuarse”.

Por tanto, el Comité Disciplinario ha desestimado el recurso presentado por el Salamanca CF UDS y el empate contra el Villaralbo se mantendrá. No obstante, el club del Helmántico puede presentar otro recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte en el plazo de quince días hábiles.

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