Tras 100 años de historia, el Libro de Familia deja de entregarse desde este viernes

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Tras 100 años de historia, el Libro de Familia deja de entregarse desde este viernes
Tras 100 años de historia, el Libro de Familia deja de entregarse desde este viernes

Este viernes, 30 de abril, entra en vigor la normativa que permite la desaparición del Libro de Familia para comenzar una nueva etapa digital, tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE). Así pues, este documento se dejará de expedir y se verá reemplazado por una base de datos virtual y accesible, en consonancia con el mundo cada vez más digitalizado que vivimos.

Eso sí, aunque este tipo de documento no vuelva a imprimirse, no significa que los ya expedidos pierdan su valor. Es decir, todo aquel que tenga el Libro de Familia podrá seguir utilizándolo en sus gestiones, pero no ampliándolo de manera física.

Este tradicional documento, que expedía el Registro Civil y que existía en la práctica totalidad de los hogares españoles, data de hace más de un siglo y acreditaba las relaciones de parentesco en el núcleo familiar, entre padres e hijos y entre cónyuges. Era una base documental extraordinaria que muestra los importantes cambios de la sociedad española durante todo este tiempo. 

Con la entrada de la nueva Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, se sustituye la expedición del Libro de Familia por un nuevo sistema de registro individual. La Disposición transitoria tercera de la nueva Ley del Registro Civil establece que "a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente Ley no se expedirán más Libros de Familia..."

Los Libros de Familia expedidos con anterioridad a la entrada en vigor del esta nueva ley seguirán teniendo los efectos previstos en los artículos 8 y 75 de la Ley del Registro Civil de 8 de junio de 1957, es decir el Libro de Familia físico gozará de las mismas funciones con las cuales ha venido funcionando.

¿Cómo funcionará ahora?

Pasar del documento físico a la base de datos permitirá a los ciudadanos realizar trámites desde internet. Desde este 30 de abril no se tramitarán nuevos Libros de Familia, pero la implantación de la ley será progresiva. En primer lugar se activará el sistema en Madrid y Barcelona. 

A cada persona se le asignará en el momento de nacimiento un código personal, una secuencia alfanumérica que servirá para todos los trámites que el usuario precise realizar con el Registro Civil.


Anteriormente, cuando nacía un niño teníamos que inscribirlo en el Registro Civil y se entregaba el Libro de Familia. Ahora, lo que se hará es ofrecer un documento PDF con los datos de la persona. Esos datos actuarán a modo de Libro de Familia para realizar diversos trámites como solicitar plaza en una guardería, etcétera.

Así, al registrar a una persona se adjuntará un código para acceder a un apartado web de la Secretaría de Estado y Administraciones Públicas (https://andes.redsara.es/plataforma-csv), desde el que se podrá acceder a la información del Registro Civil. Una vez introducido el código, se permitirá la descarga en PDF con los datos de la persona, progenitores o lugar de nacimiento. 

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