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Más de 32.000 contribuyentes salmantinos han recibido ya su devolución de la Renta 2019

A nivel nacional está prevista la presentación de 21.030.000 declaraciones, de las cuales 14.565.000 serán a devolver, casi el 70% del total, por importe de 10.686 millones de euros

La Agencia Tributaria habilita un simulador para calcular la Declaración de la Renta

Más de 245.000 contribuyentes de Castilla y León han recibido, a fechade este miércoles, 6 de mayo, su devolución superado el primer mes de campaña del Impuesto sobre laRenta de las Personas Físicas correspondiente a 2019 (IRPF 2019). El importetotal devuelto alcanza los 167 millones de euros.

Concretamente, en Salamanca este año se tendrán que presentar 49.319 declaraciones, un 20,64% más que el año pasado, cuando se presentaron 40.882. A día de hoy se han solicitado 41.101 de las que se han pagado el 79,33% (32.606 declaraciones). En cuanto a cantidades, el importe solicitado es de 29,126 millones de euros, del que se ha pagado el 71,86% (20,930 millones).

Cabe recordar que, en el contexto actual de emergencia sanitaria, yteniendo en cuenta que el 88% de los contribuyentes presentan sus declaracionespor internet, se consideró especialmente importante mantener la fecha de iniciode campaña prevista (1 de abril), de manera que los contribuyentes pudiesen irrecibiendo cuanto antes sus devoluciones.

Este incremento sostenido en las devoluciones tras superar el primertercio de la campaña está ligado al gran incremento registrado paralelamente enlas propias presentaciones, dado que, a estas alturas de campaña ya hanpresentado su declaración 371.783 contribuyentes, un 18,85% más que el añopasado.

A nivel nacional, la presente campaña está previsto que se presenten21.030.000 declaraciones, un 1,6% más que el año anterior. De ese total, secalcula que 14.565.000 den derecho a devolución, casi el 70% del total y un0,5% más que el año anterior, por un importe estimado de 10.686 millones deeuros.

La agilización en las presentaciones está alcanzando también a lasdeclaraciones con resultado a ingresar, que crecen un 31%, superando ya lacifra de 937.000. Acelerar la presentación no supone un perjuicio para loscontribuyentes con declaraciones a ingresar, dado que comienzan a pagar alfinal de la campaña.

En cuanto a las vías de presentación, además del canal telemáticoprincipal, que es la página web de la AEAT (www.agenciatributaria.es), los contribuyentes también estánagilizando la presentación a través de la aplicación móvil de la Agencia. Poresta vía se han presentado más de 262.000 declaraciones hasta hoy, un 31% másque el año pasado. De esa cifra total, más de 221.800 se corresponden conpresentaciones ?en un solo clic? y el resto son contribuyentes a los que laaplicación ha derivado a la web de la Agencia para realizar alguna modificacióny han vuelto a la ?app? para concluir la presentación.

El plan ?Le Llamamos?multiplica su capacidad

Con esta combinación de una muy intensa aceleración en laspresentaciones de los contribuyentes por internet y ?app?, y un gran refuerzode la confección de declaraciones por vía telefónica para llegar a loscontribuyentes que habitualmente requieren atención en oficinas, la Agencia, encolaboración con CCAA y ayuntamientos, pretende que, en el menor tiempoposible, la mayoría de los contribuyentes puedan ir dejando ya presentada sudeclaración, supeditando cualquier decisión sobre el inicio y el formato de laatención presencial en Campaña de Renta en las oficinas de la AEAT a lascondiciones que vayan marcando en cada momento las circunstancias sanitarias.

Para conseguir ese importante refuerzo de la atención personalizada, laAgencia Tributaria ha implementado las medidas organizativas y tecnológicasnecesarias para multiplicar por casi seis veces, en términos de personaldedicado a esta labor, la capacidad de servicio inicialmente prevista para eltradicional plan ?Le Llamamos?. El servicio en su conjunto llegará a contar conmás de 4.500 operadores, apoyados por más de 550  coordinadores, personal de respaldo general einformático.

A partir de mañana, 7 de mayo, mediante cita previa que elcontribuyente puede solicitar por internet o teléfono desde hoy mismo, secomenzará a prestar este servicio personalizado de confección telefónica dedeclaraciones. El contribuyente que cuente con el tradicional perfil deasistencia presencial en oficinas podrá solicitar cita para ser atendido enfunción de la disponibilidad del servicio, que se irá incrementandopaulatinamente tanto en capacidad como en el perfil del contribuyente que puedeser atendido.

Los contribuyentes que, al solicitar cita para el ?Le Llamamos?,aporten un teléfono móvil (la opción más recomendable), recibirán un SMS dondese les indicará el día en que previsiblemente serán atendidos, así como unenlace a la documentación que deberán tener disponible el día de la cita. Amodo de ejemplo, los nuevos declarantes deberán tener disponible el número IBANde una cuenta de la que sean titulares. A los contribuyentes con la ?app? de laAgencia descargada se les enviará un mensaje ?push? con la misma información.

Adicionalmente, a los contribuyentes con rendimientos de actividadeconómica en estimación objetiva (módulos) y aquellos que cuenten conrendimientos del capital inmobiliario, al concertar la cita se les ofrecerá undocumento que les ayudará a recopilar la información necesaria para que latengan preparada y disponible en el momento en que la Agencia les llame,agilizando así la presentación de la declaración.

La oferta de cita previa se va abriendo progresivamente. Al objeto demitigar una eventual pérdida de citas en perjuicio del conjunto de loscontribuyentes, la agencia recuerda a los ciudadanos que pueden anular la citapor la misma vía por la que la han concertado si han decidido no hacer uso deella. En años pasados, en más del 25% de las citas concertadas con más de unasemana de antelación, el contribuyente finalmente no se presentaba.

Quiénes no están obligados a declarar

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentasexclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 eurosanuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de másde un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligadoa retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención.En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyentecuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos íntegros:

- Dividendos,intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjuntode 1.600 euros.

- Rentasinmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario nosujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para laadquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demásganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentesque cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, asícomo ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límiteconjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500euros.

Revisión de datos personales y económicos

Siempre resulta necesario revisar el borrador de declaración que ofrecela Agencia Tributaria. A través de RENTA WEB la información será la másactualizada posible pero, en todo caso, la Agencia puede no disponer de todoslos datos con trascendencia en la declaración, datos que quizá el contribuyentedeba incorporar al borrador de declaración.

Algunos casos típicos que hacen necesaria la revisión son lossiguientes:

- Inmueblesy sus referencias catastrales

- Circunstanciaspersonales y familiares (si cambiaron en 2019)

- Arrendamientosde inmuebles

- Transmisiones

- Aportacionesa planes de pensiones

- Cuotassindicales

- Percepcionespor subvenciones

- Deduccionesfamiliares y por maternidad

- Deducciónpor inversión en vivienda habitual

- Deduccionesautonómicas

¿Cómo obtener ?Clave PIN? y el número de referencia?

El número de referencia y ?Clave PIN? siguen siendo, junto alcertificado y el DNI electrónicos, los sistemas de acceso a RENTA WEB y a otrosservicios de Campaña de Renta, como la consulta de datos fiscales y del estadode tramitación de la devolución.

La obtención de Clave PIN requiere dos pasos, un registro previo únicoy una solicitud posterior cada vez que lo necesite el contribuyente. Elregistro previo se podrá efectuar por internet, siguiendo las instrucciones dela carta que la Agencia remitirá a quienes la soliciten a través de la opciónofrecida en el icono de la página web de la AEAT ?Clave PIN?. En este caso, sedeberá proporcionar el DNI, su fecha de validez y el número de móvil.

Una vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente deseerealizar algún trámite, podrá solicitarlo desde el enlace disponible en elpropio trámite, o desde la ?app?. Para ello deberá consignar el NIF, la fechade validez del DNI y un código de cuatro caracteres que definirá elcontribuyente para cada solicitud. A continuación, recibirá por la ?app? o porSMS un PIN de tres dígitos que, junto con la contraseña, forman el código deacceso necesario para realizar sus trámites.

A su vez, para la obtención del número de referencia mediante elservicio REN0 en la página de la Agencia, se solicitará el NIF, la casilla 505de la Renta 2018 y la fecha de validez del propio DNI. A los no declarantes enel ejercicio anterior, o con la casilla de su Renta 2018 con valor cero, enlugar de la casilla 505 se les solicitarán determinados dígitos del código deuna cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente. Al objeto defacilitar su utilización, el número de referencia estará formado por sólo seiscaracteres.

Principales servicios de asistencia e información

- Internet:www.agenciatributaria.es y ?app?

(ofrece información y gestiones sinhorarios).

- Teléfonosolicitud cita ?Le Llamamos? (a partir del 5 de mayo):

901 22 33 44 o 91 553 00 71 (operador, de 9 a 19 horas, L-V)

901 12 12 24 o 91 535 73 26 (servicio automático, 24 horas)

- TeléfonoRenta Información: 901 33 55 33 y 91 554 87 70

(para resolver dudas; de 9 a 19 horas, L-V)

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