Abandonar la compra, durante unos minutos, en el aparcamiento mientras se deja el carro es una acción sancionable

Este gesto se considera una infracción leve que "entorpece la libre circulación, parada o estacionamiento", sancionado con hasta 80 euros

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Carro de la compra. Foto EP
Carro de la compra. Foto EP

En la actualidad las multas de tráfico están a la orden del día. Prácticamente cualquier acción es multable, sobre todo si está relacionada con el motor.

Una de estas acciones multables, absurdas para muchos, está directamente relacionada con hacer la compra. Aunque parezca que es imposible que te puedan multar por ello, lo cierto es que sí, si realizas la siguiente rutina: por regla general, cuando haces la compra y dejas el coche en el aparcamiento, cuando sales con el carro lleno lo normal es sacar los productos del carro de la compra y colocarlos en el interior de una bolsa, dejándola en muchas ocasiones en el suelo al lado del vehículo mientras regresamos el carro al interior del supermercado.

Ese gesto, el de dejar la compra en el suelo del parking supone una multa de 80 euros, siendo una infracción leve que según dicta el Reglamento General de Circulación en su artículo 4.2 “se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos o deteriorar aquélla o sus instalaciones, o producir en ella o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar o estacionar”.

Otra de las acciones sancionables es no almacenar el equipaje en el maletero y hacerlo en los asientos. En este sentido, tal y como ya ha advertido la DGT en más de una ocasión, llevar a cabo esta práctica pone en riesgo la vida de los pasajeros si se pierde el control del vehículo. Un acto sancionado con 200 euros de multa, tal y como recoge el medio Centímetros Cúbicos.

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