La Organización de Consumidores y Usuarios ha compartió recientemente un comunicado donde advertía sobre la presencia de arsénico en arroz integral y tortitas, recordando que el Reglamento (UE) 2015/1006 estableció en 2015 los límites máximos de este compuesto químico en algunos alimentos.
No obstante, la OCU ha indicado este pasado jueves que, a partir de las conclusiones de la EFSA y de la recomendación del Codex Alimentarius se ha elaborado una nueva norma, el Reglamento 2023/465, que actualiza el anterior al establecer los límites máximos de arsénico para más categorías de alimentos: además de productos derivados de arroz y cereales se incluyen otros alimentos infantiles, preparados para bebés y niños, zumos de frutas o la sal. En este sentido, apuntan que esta nueva normativa es aplicable a los productos que se pongan a la venta a partir del 26 de marzo. Sin embargo, los productos que estuvieran comercializados antes de esa fecha podrán permanecer en el mercado hasta su fecha de consumo preferente o su fecha de caducidad.
Asimismo, la organización expone que este elemento químico "es un metal pesado que se origina como consecuencia de procesos naturales, desde erupciones volcánicas a incendios forestales o erosión de rocas y minerales, o como resultado de la actividad humana: emisiones industriales, la producción de energía a partir de combustibles fósiles, uso como conservante, herbicida o insecticida". Además, expone que lo podemos encontrar en el medio ambiente y puede llegar a nuestro organismo por la ingesta de alimentos y agua. No obstante, señala que "no hay que alarmarse, siempre que no se trate de cantidades elevadas".
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