Algunos salmantinos no pueden optar al subsidio para mayores de 52 años

La cuantía de esta ayuda es de 480 euros, destinada a mayores de 52 años que se han quedado sin empleo y están cerca de la edad de jubilación

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Una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Foto EP
Una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Foto EP

Actualmente, casi dos millones de españoles se encuentran en situación de desempleo. En los registros las cifras se fijan en 2.561.067 solo en el mes de junio de este año. Además, hasta la mitad de los parados de larga duración y tienen más de 50 años. De esta manera, desde el Servicio de Empleo Estatal (SEPE), con el fin de proteger a los colectivos más vulnerables, ofertan varias ayudas, entre ellas el subsidio de 52 años. 

Estas ayudas se dirigen a aquellas personas trabajadoras que han agotado al completo su prestación por desempleo, que se puede cobrar durante un máximo de 720 días, y tampoco pueden beneficiarse de la jubilación anticipada, ni pueda acceder a rentas para que se les permita una vida digna. Este subsidio tiene una cuantía mensual de un 80% del indicador público de renta de efectos míltiples (IPREM), lo que se traduce en 480 euros en 2024.

 

El SEPE deniega a estas personas este subsidio

El subsidio para mayores de 52 años que gestiona el SEPE señala una serie de requisitos para poder percibirlo. Las condiciones que se detallan en la página web del Ministerio de Trabajo y Economía Social: 

Tener 52 años o más en la fecha de demanda. 

  • Estar en una situación legal de desempleo e inscrito como demandante de empleo. Además, las personas trabajadoras fijas discontinuas no pueden acceder cuando su fecha de hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022. También, los siguientes puntos:
  1. Agotar la prestación contributiva o el subsidio por desempleo
  2. Ser emigrante que ha retornado a España y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo
  3. Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo, cuando la privación de libertad hubiera sido de más de seis meses
  4. Haber sido declarado plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial y estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado, al menos, entre 90 y 359 días.
  5. Reunir todos los requisitos para cobrar una pensión contributiva de jubilación, excepto por la edad.
  6. No tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, salvo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  7. Cumplir el compromiso de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio.A todos estos requisitos se suma uno imprescindible: haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral del solicitante, de lo contrario, este podría ser motivo suficiente para que el SEPE le denegase esta ayuda.

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