¿Badenes ilegales?

Los reductores de velocidad que no cumplan con la normativa serían ilegales, y por tanto, deberían ser retirados inmediatamente

¿Badenes ilegales?
¿Badenes ilegales?

Los badenes se han convertido en un elemento muy conocido para los conductores, o mejor dicho en un odioso elemento. Su función tiene una gran eficacia como limitador de velocidad, de hecho ha contribuido a reducir el número de atropellos a peatones en las vías, por este motivo estos reductores de velocidad han multiplicado su presencia en la calle, sin ir más lejos en Salamanca hay multitud de ellos. 

Sin embargo, a la par que tienen muchos beneficios también tienen muchos perjuicios, sobre todo para nuestros vehículos que tras pasar día tras día se sienten resentidos de cara a la mecánica, sobre todo si hacemos un mal uso de ellos, ya que son muchos los conductores que parecen saltarse la normativa y cruzar estos badenes “a toda pastilla” dañando por ejemplo los amortiguadores. Esto es algo a tener en cuenta porque hacer un mal uso de estos elementos implica cometer una ilegalidad.

Otro dato a tener en cuenta son las medidas de lo badenes, ya que si no se cumplen podrían ser ilegales y tendrían que ser retirados de la calzada inmediatamente.

El Ministerio de Fomento alerta de la existencia de dos tipos de reductores de velocidad. Por un lado está el paso peatonal sobreelevado o de sección transversal trapezoidal que no deben exceder los 4 metros de longitud, ni superar los 10 cm de altura. Además, en función del límite de velocidad también tienen que atenerse a ciertas especificidades: en vías cuyo límite de velocidad estipulado sean los 30km/h: no se superará el metro de longitud; donde el límite de velocidad marque los 40km/h no se superará el 1,5 metros. Finalmente, para aquellas vías que permitan circular hasta los 50km/h, la longitud será de 2,5 metros.

Por otro lado, están los badenes de sección transversal circular, más conocidos como paso de lomo de asno cuya longitud no puede superar los 4 metros y si altura respecto de la calzada tampoco puede ser mayor a los 6 cm.

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