​Castilla y León implanta el uso obligatorio de mascarilla en vías públicas, al aire libre y en espacios cerrados

Así lo han anunciado el vicepresidente de la Junta, Francisco Igea, y la consejera de Sanidad, Verónica Casado, en rueda de prensa. También se prohíbe el uso compartido de cachimbas

 Mascarillas quirúrgicas
Mascarillas quirúrgicas

La mascarilla será una realidad total -si no lo es ya- en Castilla y León. El vicepresidente de la Junta de Castilla y León, Francisco Igea, y la consejera de Sanidad, Verónica Casado, han anunciado que su uso será obligatorio en la Comunidad en todos los espacios públicos sin importar si se respeta la distancia interpersonal de un metro y medio.

La mascarilla será obligatoria para todas las personas mayores de seis años en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad, ha reiterado la consejera de Sanidad.

Verónica Casado ha recordado que, pese a que los datos de coronavirus en Castilla y León no son del todo malos, la gran mayoría de comunidades autónomas ha abogado por tomar esta decisión incluso cuando tenían datos similares a los de la Comunidad, motivo por el que creen que, por la seguridad y la salud de todos los castellano y leoneses, se ha decidido tomar esta decisión.

También será obligatoria en todo tipo de transportes públicos o privados, excepto cuando todos los ocupantes sean convivientes en el mismo domicilio; en el caso de motocicletas o ciclomotores deberán llevar mascarilla o casco integral cuando no convivan en el mismo domicilio.

Una decisión que viene motivada, tal y como ha reconocido la consejera, por el incremento actual de la movilidad de personas en época estival, la aparición de determinados brotes epidemiológicos y el incremento de casos positivos en personas asintomáticas, lo que obliga a obliga a reforzar las condiciones y régimen de uso del medio de protección más eficaz y sencillo del que se dispone en estos momentos, que no es otro que la mascarilla.

Las excepciones para la norma serán el consumo de alimentos y bebidas, la práctica de actividad deportiva, en espacios naturales alejados de los núcleos urbanos siempre que se pueda mantener la distancia interpersonal y en las piscinas.

Todos estos cambios se recogerán en una modificación al ‘Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19’ aprobado por la Junta el pasado 19 de junio. La modificación se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y, al día siguiente de su publicación, entrará en vigor (presumiblemente, a partir de este sábado). Eso sí, Igea ha indicado que los ciudadanos pueden aprovechar desde este momento para comenzar a llevarla.

El uso obligatorio de la mascarilla incluye su uso adecuado, de modo que cubra desde parte del tabique nasal hasta la barbilla incluida. La mascarilla no debe estar provista de válvula exhalatoria, salvo en los usos profesionales para los pueda estar recomendada, han indicado Verónica Casado.

Francisco Igea, por su parte, ha indicado que no será una medida que trastoque la vida general de los ciudadanos de Castilla y León porque su uso “está extendido por la Comunidad”. “Todo el mundo lleva mascarilla”, ha asegurado, indicando que han recibido la felicitación por ello mismo. “Su uso ha sido excelente, y eso es lo que nos importa”, ha proseguido, deseando que este buen uso se prolongue en el tiempo.

Prohibido el uso compartido de cachimbas

Otra de las modificaciones aprobadas en el ‘Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19’ en la comunidad de Castilla y León se refiere a la obligatoriedad de mantener las medidas de aislamiento y cuarentena en sus domicilios para aquellas personas que presenten sintomatología compatible con la COVID-19, que se encuentren pendientes de resultados de pruebas por este motivo o que ya sean consideras como caso activo.

Estas personas deberán seguir las condiciones de aislamiento o cuarentena que les sean indicadas desde los dispositivos asistenciales o de Salud Pública, sin poder abandonar su domicilio o lugar de aislamiento o cuarentena en ningún caso, salvo autorización expresa por causas debidamente justificadas.

Por otra parte, atendiendo al elevado riesgo de transmisión de la enfermedad que estas costumbres suponen, no se permite el uso compartido de dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados en todos los locales de entretenimiento, ocio, hostelería y restauración y en cualquier otro tipo de establecimiento abierto al público.

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