Se abre el plazo para solicitar el cheque de 200 euros destinado a ayudar a personas con bajos ingresos y patrimonio

El formulario estará disponible desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo y, para el cual, habrá que disponer de una renta máxima de 27.000 euros anuales y un patrimonio inferior a 75.000 euros, según la ministra Montero

María Jesús Montero | Foto: EP
María Jesús Montero | Foto: EP

El cheque de 200 euros aprobado por el Gobierno se pedirá a través de un “formulario sencillo” dispuesto por la Agencia Tributaria que estará disponible desde este miércoles, 15 de febrero, hasta el 31 de marzo y, para el cual, habrá que disponer de una renta máxima de 27.000 euros anuales y un patrimonio inferior a 75.000 euros, excluida la vivienda familiar, según la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero.

Así lo indicó en una entrevista concedida a ‘El programa de Ana Rosa’ recogida por Servimedia en la que apuntó que debe haber un “mecanismo” que permita saber la cuenta corriente en la que realizar el ingreso.

Montero elevó de los 4,2 millones de personas a los que el Gobierno se refirió ayer que alcanzaría la ayuda a seis millones, pero aseguró que el cheque es de “libre disposición”, por lo que las familias lo podrán gastar en lo que consideren ya que Hacienda no podría “entrar de manera tan masiva” a controlar los gastos de las familias. “Se lo damos a las familias para que ello contribuya a lidiar con la cesta de la compra, que se suma la bajada del IVA”, indicó. No obstante, aclaró que los pensionistas no podrán disponer de la ayuda ya que ellos se verán beneficiados por la subida de las pensiones.

En cuanto a la rebaja fiscal, justificó que no afectase a la carne y al pescado señalando que han actuado sobre productos que “desde hace más de 20 años tienen un IVA superreducido” y que tienen “una mayor presencia dentro de la cesta de la compra”.

Además, detalló que el real decreto ley contemplará la “prohibición” de que la rebaja repercuta en un aumento de los márgenes de “intermediarios y productores primarios”. Para vigilar su cumplimiento, el Gobierno realizará un “seguimiento” del comportamiento de estos productos durante el semestre y se ayudará también de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que tiene “competencias” para ello, al igual que lo hizo con el descuento a los carburantes.

Sobre el cambio de opinión del Gobierno con esta rebaja, la ministra recordó que ella siempre ha sido “partidaria” de “dos tipos medidas”, unas “generalizadas” para la “clase media” y unas “más específicas e intensas” para aquellos con “menor nivel de renta”. Además, reclamó al PP que, “si tan claro tiene que la medida la propusieron ellos”, votarán a favor del real decreto, que hasta ahora han “criticado” señalando que “se queda corto”.

Por otro lado, acerca del desbloqueo del Tribunal Constitucional subrayó que es una “magnífica noticia” y recalcó que a los que “llevan meses haciendo un bloqueo” les ha cogido “con el pie cambiado”. Además, apuntó que la iniciativa del Gobierno a través de la proposición de ley, cuya votación en el Senado paralizó parcialmente el propio tribunal, contribuyó “en algo” a que el Constitucional haya sido “finalmente desbloqueado”.

También, proclamó que “mientras Pedro Sánchez sea presidente del Gobierno, no habrá referéndum de autodeterminación en Cataluña ni en ninguna parte del Estado”.

Los pensionistas y aquellos que cobren el ingreso mínimo no podrán optar a la ayuda

La norma señala que podrán ser beneficiarios de la ayuda las personas que durante el 2022 hayan realizado una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo, siempre que en 2022 hubieran percibido ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 75.000 euros anuales a 31 de diciembre de 2022.

No obstante, además de pensionistas y beneficiarios del IMV, no podrán optar a la ayuda quienes perciban prestaciones reconocidas a los profesionales no integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social mencionado, siempre que “se trate de prestaciones por situaciones idénticas a las previstas para la correspondiente pensión de la Seguridad Social”.

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