La Junta de Castilla y León ha notificado cuáles serán las nuevas medidas relativas a los centros docentes en la nueva normalidad.
1. En el curso escolar2019/2020 se procederá a la apertura de las escuelas de educación infantil de0-3 años, con las condiciones que determine la Consejería de Educación,teniendo en cuenta las medidas sanitarias previstas en el Real Decreto-ley21/2020, de 9 de junio, y las directrices de la autoridad sanitaria.
También sedesarrollarán en los centros docentes que se autoricen las medidas vinculadascon el de programa del éxito educativo, teniendo en cuenta las medidassanitarias previstas en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, y lasdirectrices de la autoridad sanitaria.
2. El retorno a laactividad lectiva presencial de los centros docentes que imparten la enseñanzadel artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, se regirápor las condiciones sanitarias vigentes al comienzo del curso escolar 2020/2021.
La Consejería deEducación elaborará y aprobará, mediante la correspondiente norma, un protocolode prevención y organización del regreso a la actividad lectiva en el que serecogerán las recomendaciones sanitarias aprobadas hasta el momento. Dichoprotocolo será supervisado por la Consejería con competencias en materia de sanidad.
3. Las universidadesaprobarán un protocolo en el que se regulen para toda la actividad académicalas medidas de prevención adecuadas para el retorno a la actividad lectiva.
4. Serán de obligado cumplimientolas normas sobre desinfección y prevención que determine en cada momento laautoridad sanitaria, tanto en los centros públicos como privados. Para lossupuestos en los que no sea posible guardar las distancias mínimasinterpersonales que se determine, será obligado el uso de mascarilla deprotección con excepción del nivel de educación infantil, para los niños apartir de los 6 años de edad.