Lejos de que estar exentos de normas por estar en un espacioabierto fuera de la ciudad, estacionar el vehículo personal cerca de la orillapuede acarrear sanciones, así lo recoge el Real Decreto Legislativo 1/2001, de20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
No, no hay ni va a haber -al menos de momento- parquímetrosni plazas de aparcamiento en la mayoría de ríos y pantanos, aun así, el sentidocomún propio del ser humano debe estar presente a la hora de estacionar.
Unos días atrás una patrulla de la Guardia Civil recorrió lasorillas del pantano de Santa Teresa indicando a los allí presentes queretiraran sus coches de cerca de la orilla y lo aparcaran un poco más lejos.Los agentes, al indicar esto, se rigen por el decreto anteriormente mencionado,donde se puede leer en el artículo 116 -acciones constitutivas de infracción-un apartado en el que se menciona que se considerarán infraccionesadministrativas “las acciones que causen daños a los bienes de dominio públicohidráulico y a las obras hidráulicas”.
Según indica a SALAMANCA24HORAS.COM la Guardia Civil, “ahoraque el caudal del pantano está bajo, los vehículos estacionan cerca de laorilla y pueden derramar vertidos que a la hora de que caudal vuelva aaumentar, pueden llegar a contaminar las aguas”. De cualquier modo, laautoridad sancionadora que determinará si se ha producido una infracción es laConfederación Hidrográfica del Duero.