La Fiscalía del Tribunal Supremo ve indicios de ilegalidad en el fuerte aumento del precio de luz

El Gobierno negocia reducir la factura eléctrica y un nuevo sistema de bono social. El ministro de Energía ha pedido a los diferentes grupos que envíen sus propuestas concretas para elaborar una definición conjunta de consumidor vulnerable

 El recibo de la luz rompe la tendencia alcista
El recibo de la luz rompe la tendencia alcista

La Fiscalía de lo Civil del Tribunal Supremo ha abierto diligencias para investigar el fuerte incremento del precio de la luz como consecuencia del 35% del recibo que fija el mercado. Y es que es el triple que el año pasado, haciendo que la factura mensual de enero vaya a ser la segunda más cara de la historia. 

Estas diligencias se realizan "en defensa de la protección de los intereses de los Consumidores y Usuarios, con el fin de determinar la realidad y naturaleza de estos hechos". Y es que desde la reforma del año 2014, la Ley de Enjuiciamiento Civil habilita a los fiscales para iniciar las llamadas acciones de cesación para que los consumidores no queden indefensos.

Recuerda la Fiscalía que el artículo 11.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil recoge que "sin perjuicio de la legitimación individual de los perjudicados, las asociaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas estarán legitimadas para defender en juicio los derechos e intereses de sus asociados y los de la asociación, así como los intereses generales de los consumidores y usuarios".

Añade que "cuando los perjudicados por un hecho dañoso sean un grupo de consumidores o usuarios cuyos componentes estén perfectamente determinados o sean fácilmente determinables, la legitimación para pretender la tutela de esos intereses colectivos corresponde a las asociaciones de consumidores y usuarios, a las entidades legalmente constituidas que tengan por objeto la defensa o protección de éstos, así como a los propios grupos de afectados".

Y concluye: "Cuando los perjudicados por un hecho dañoso sean una pluralidad de consumidores o usuarios indeterminada o de difícil determinación, la legitimación para demandar en juicio la defensa de estos intereses difusos corresponderá exclusivamente a las asociaciones de consumidores y usuarios que, conforme a la Ley, sean representativas. Las entidades habilitadas a las que se refiere el artículo 6.1.8 estarán legitimadas para el ejercicio de la acción de cesación para la defensa de los intereses colectivos y de los intereses difusos de los consumidores y usuarios".

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído