El Gobierno flexibiliza los tiempos de conducción para mitigar el impacto del apagón en el transporte de viajeros y mercancías
Se establecen excepciones para favorecer el transporte de viajeros y el abastecimiento de mercancías afectados por la falta de suministro eléctrico
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha aprobado una resolución con carácter temporal para flexibilizar los tiempos de conducción y descanso de los conductores profesionales de transporte de viajeros y mercancías por carretera. Esta medida excepcional busca facilitar el restablecimiento de los servicios de transporte que se vieron gravemente afectados por el apagón generalizado de energía eléctrica que sufrió la Península Ibérica el día de ayer.
Las exenciones a la normativa de tiempos de conducción y descanso estarán en vigor durante este martes, 29 de abril, y este miércoles, 30 de abril, según se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado.
El fallo generalizado en el suministro eléctrico ocasionó importantes disrupciones en el sector del transporte, generando grandes congestiones de tráfico en núcleos urbanos y dificultando las comunicaciones. Esta falta de comunicación impidió que los transportistas pudieran acceder a información esencial para su trabajo, como la disponibilidad de estaciones de servicio operativas o la comunicación con sus centros de operaciones.
A esta situación se sumó un aumento en la demanda de transporte de mercancías debido al desabastecimiento de ciertos productos comerciales provocado por el apagón.
Ante este escenario que ha incrementado el tiempo necesario para completar los servicios de transporte, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha establecido una serie de excepciones temporales a la normativa vigente. Estas medidas permitirán a los conductores profesionales extender sus jornadas laborales para poder finalizar sus servicios sin mayores contratiempos.
En concreto, las flexibilizaciones aprobadas son las siguientes:
- -Se amplía el límite máximo de conducción diaria de 9 a 11 horas.
- -Se extiende el límite de conducción ininterrumpida de 4 horas y media a 5 horas y media.
- -Se reduce el requisito del descanso diario normal de 11 a 9 horas.
El Ministerio de Transportes ha asegurado que estas exenciones temporales se aplicarán durante los días 29 y 30 de abril garantizando en todo momento la seguridad vial.
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