Hacienda refuerza el control sobre las transferencias familiares: así te pueden multar por enviar dinero a tus seres queridos
Los movimientos de dinero entre familiares son cada vez más vigilados por la Agencia Tributaria, que impone sanciones por no declarar correctamente las operaciones que superan ciertos importes
Enviar dinero a familiares es una práctica muy común en España, ya sea para apoyar a un hijo que estudia fuera, echar una mano en un momento complicado o adelantar parte de una herencia. Aunque estas transferencias suelen hacerse con la mejor intención, la Agencia Tributaria está incrementando la supervisión de estas operaciones para evitar fraudes o donaciones no declaradas.
Las entidades bancarias están obligadas a comunicar cualquier movimiento igual o superior a 3.000 euros al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC). Cuando las transferencias alcanzan o superan los 6.000 euros, Hacienda puede considerarlas donaciones encubiertas, lo que implica tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
Además, si la cantidad enviada rebasa los 100.000 euros, el titular debe presentar el modelo S1 para declarar la operación ante el fisco. No hacerlo puede suponer sanciones que van desde el 50% hasta el 150% del importe no justificado, llegando incluso a los 150.000 euros, además de los correspondientes intereses por demora.
Tanto quien envía como quien recibe el dinero pueden tener responsabilidades fiscales. Para evitar problemas, los expertos recomiendan documentar correctamente la operación, conservar los justificantes bancarios, y consultar con un asesor fiscal antes de realizar transferencias importantes. En caso de donaciones, lo más prudente es formalizarlas ante notario y mantenerse al día con las normativas tributarias vigentes.
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