La Junta abre el plazo de "Madrugadores" y "Tardes en el cole" para las familias de Salamanca

La tarifa se mantiene en 16 euros al mes

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 La tarifa de Madrugadores y Tardes en el Cole se mantiene en 16 euros al mes. Foto de archivo
La tarifa de Madrugadores y Tardes en el Cole se mantiene en 16 euros al mes. Foto de archivo

El Programa “madrugadores”, consiste en la ampliación del horario de apertura, durante todos los días lectivos, de los centros docentes públicos en los que se implante el programa. El programa "Madrugadores" se desarrollará en el periodo anterior al inicio de las actividades docentes sin que su duración pueda ser superior a 90 minutos, no pudiendo comenzar antes de las 7:30 horas. Excepcionalmente se podrá ampliar el tiempo máximo de duración, a solicitud del centro docente, por causa debidamente justificada.

Programa “Tardes en el cole”, consiste en la ampliación del horario, desde la finalización de las actividades docentes, durante todos los días lectivos, en los centros docentes públicos en los que se implante el programa.

Las actividades desarrolladas son actividades de carácter sociocultural y lúdico: juegos y deportes, animación lectora, actividades plásticas, de entretenimiento, audiovisuales...).

Lo pueden solicitar familias con niños que cursen enseñanzas de 2º ciclo de educación infantil (3 a 6 años) y educación primaria (6-12 años) en centros docentes ordinarios de titularidad pública de la Comunidad en los que estén implantados los programas; usuarios habituales, los que utilicen el programa con regularidad, esto es, la mayoría de los días que se preste el servicio y abonen un precio/mes por los meses de participación; Usuarios esporádicos, los que utilicen el programa ocasionalmente y abonen un precio/día por los días de participación.

Los solicitantes de bonificación o exención deberán autorizar expresamente a la Consejería de Educación, marcando la casilla correspondiente,  a cruzar datos de familia, discapacidad o renta. En caso contrario deberán aportar, dependiendo de la tipología de bonificación o exención que soliciten, copia del título de familia numerosa, copia de la tarjeta acreditativa del  grado de discapacidad, documentación acreditativa de los ingresos de la unidad familiar (declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar o, en caso de no estar obligado a presentar declaración, certificado de imputaciones de renta expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria).

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