La Junta aprueba medidas extraordinarias para cubrir plazas sanitarias de difícil cobertura en Castilla y León
Los puestos podrán declararse de difícil cobertura durante tres años, prorrogables si persisten las circunstancias
La Junta de Castilla y León ha publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado la Ley 3/2025, de 22 de diciembre, que establece medidas extraordinarias para impulsar la cobertura estable y permanente de los puestos sanitarios de difícil cobertura en el Servicio de Salud de Castilla y León (Sacyl), con el objetivo de garantizar la asistencia sanitaria, especialmente en las zonas con mayores dificultades para atraer profesionales.
Según informa ICAL, la norma fija por primera vez los criterios para identificar estos puestos, regula el procedimiento para su declaración y desarrolla un paquete de incentivos económicos y no económicos, además de un sistema extraordinario y transitorio de acceso a las plazas declaradas de difícil cobertura.
La ley considera de difícil cobertura aquellos puestos cuya falta de provisión sea estructural o coyuntural y cuya ocupación resulte urgente para asegurar una atención sanitaria adecuada. Para su identificación se tendrán en cuenta criterios asistenciales y de personal, como el desfase entre plantilla orgánica y efectivos reales, las características demográficas y poblacionales, el índice de envejecimiento, la densidad de población, la sobrecarga estacional, la distancia a núcleos urbanos, así como las ratios de pacientes por profesional en comparación con la media autonómica.
También se valorarán factores como la dificultad de acceso a servicios públicos, educativos o de transporte, la incorporación de nuevas tecnologías que requieran perfiles especializados, la ampliación de la cartera de servicios y los problemas para cubrir las plazas a través de los mecanismos habituales, como concursos de traslados, bolsas de empleo, comisiones de servicio o nombramientos interinos, según recoge ICAL.
La norma establece además que, cuando se declare de difícil cobertura un puesto de una zona básica de salud, servicio o unidad asistencial, la declaración podrá extenderse al conjunto de los puestos de la misma categoría si existe una dificultad estructural para mantenerlos cubiertos, aplicándose en ese caso los incentivos a todos ellos.
La declaración tendrá una vigencia inicial de tres años, prorrogable por otros tres si se mantienen las circunstancias que la motivaron. Entre las medidas de incentivación destacan el complemento de garantía asistencial, el acceso a la carrera profesional, la doble valoración de la experiencia profesional y la flexibilización de jornadas y horarios.
En el apartado económico, la ley incrementa el complemento de garantía asistencial del Grupo A2, que pasa de 1.300 a 3.000 euros anuales, mejorando lo establecido en el Decreto Ley 1/2019. Además, se fija como mérito único para acceder al primer grado de la carrera profesional haber prestado servicios durante tres años en un puesto de difícil cobertura.
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