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​La Junta garantiza la prestación de los servicios esenciales durante el paro de dos horas de los trabajadores públicos el próximo 25 de octubre

El mismo, que será en casi todos los sectores de dos horas y media, tendrá lugar entre las 12:30 y las 15 horas para el turno de mañana -salvo en educación, que será de 12 a 14:30 horas-; de 19:30 a 22 horas para los del turno de tarde; y de 5:30 a 8 horas para los del turno de noche 

Concentración 35 horas (11)

La Junta de Castilla y León ha llegado a un acuerdo paragarantizar los servicios mínimos durante el parode dos horas que harán todos los trabajadores de la Administración Pública elpróximo 25 de octubre como medida de protesta en reivindicación de la jornadade 35 horas y que desembocará en una huelga el 6 de noviembre.

Esa medida se aprobó el 25 de septiembre, cuando lossindicatos presentes en la mesa de negociación -CCOO, UGT y CSIF- convocaronmovilizaciones, paros y huelgas que afecta a todo el personal funcionario,funcionario docente, laboral y estatutario de la Administración de la Comunidadde Castilla y León.

El paro de este 25 de octubre tendrá, en casi todos lossectores, una duración de dos horas y media y tendrá lugar entre las 12:30 ylas 15 horas para el turno de mañana -salvo en educación, que será de 12 a14:30 horas-; de 19:30 a 22 horas para los del turno de tarde; y de 5:30 a 8horas para los del turno de noche.

La Junta de Castilla y León ha considerado imprescindibleadoptar las medidas necesarias para asegurar el mantenimiento de los serviciospúblicos esenciales de modo que, sin coartar los derechos individuales, seatienda al interés general.

En cuanto a los criterios seguidos para la fijación deservicios mínimos, se ha tenido en consideración la doctrina fijada en lasSentencias del Tribunal Constitucional 11/198, de 8 de abril; 26/1981, de 17 dejulio; 33/1981, de 5 de noviembre; 51/1986, de 24 de abril; 27/1989, de 3 defebrero; 43/1990, de 15 de marzo y 122/1990 y 123/1990, de 2 de julio; lafijada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, sec. 7ª, en su Sentencia defecha 3 de julio de 2013 (rec. 5284/2011), y también, la dictada por la Sala delo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede enValladolid, en su muy reciente Sentencia nº 48, de 21 de enero de 2019 (rec.343/18).

Así mismo se ha partido de la premisa de que procede fijarservicios mínimos para aquellos servicios que se consideren esenciales para laComunidad de Castilla y León, a la vista de la distribución competencial y lalista de derechos de los ciudadanos y obligaciones de los poderes públicosfijada en la C.E. y el Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

Una vez identificados los servicios esenciales, la concrecióndel número mínimo de efectivos que garantice la prestación de dichos serviciosesenciales, se ha efectuado siguiendo el criterio técnico de la Consejeríacompetente en cada materia afectada, en función de las características técnicasdel servicio esencial a prestar, considerándose también el número de efectivosque en situación normal prestan dichos servicios, para ponerlos en relación alnúmero de usuarios potencialmente afectados por los paros y turnosestablecidos, cuyos derechos deben quedar garantizados.

En definitiva, la fijación de los servicios mínimos aestablecer tiene que tener en cuenta, todas las circunstancias de hecho y todoslos criterios citados de modo que, con pleno respeto al derecho de huelga delos empleados públicos, se atienda al interés general de la Comunidad.

Comentarios
35....ojala Hace 4 años (19/10/2019 09:14)
Vagos!!! Pero si vuestra jornada semanal no sera mas de 25 horas, lo demas son descansos, cafetitos, salir a comprar o pasar por casa.Sois unos llorones. <br/>138
anónimo Hace 4 años (19/10/2019 11:19)
Liberados de CSIF en el hospital fuera ya. Vagos e incompetentes. <br/>154
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