El Boletín Oficial de Castilla y León publica este viernesla Orden SAN/720/2020, de 29 de julio, de la Consejería de Sanidad, por la quese aprueba la declaración responsable a presentar por las personas físicas paraque puedan acreditar la exención del uso obligatorio de mascarilla, medidarecogida en el Acuerdo 29/2020, de 19 de junio, de la Junta de Castilla y León,por el que se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacerfrente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
La normativa establece que las causas para no tener quellevar mascarilla deben estar relacionadas con una enfermedad o dificultadrespiratoria, o las alteraciones de conducta a que se refiere el artículo 6.2del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de Medidas Urgentes de Prevención,Contención y Coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionadapor el COVID-19.
Así, la Orden establece que no se requerirá ningúnjustificante médico, siendo suficiente una declaración responsable firmada porla propia persona que presenta la causa de exención o por sus tutores legales.
Esto podrá hacerse sin perjuicio de las responsabilidadesque pudieran exigirse por la inexactitud de la declaración responsable, que seefectuará conforme al modelo normalizado disponible en el Portal de la Junta deCastilla y León, así como en el Portal de Salud de Castilla y León. Dichomodelo también se facilitará en los centros e instituciones sanitarias de laGerencia Regional de Salud.
Como se sabe, entre las diferentes medidas adoptadas por laConsejería de Sanidad en materia de prevención y control para reducir el riesgode transmisión comunitaria de la COVID-19, a través del Acuerdo 35/2020, de 16de julio, se incorporó la obligación general de usar de mascarilla en la víapública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de usopúblico o abierto al público.
No obstante, se establecieron una serie de excepciones a laobligación de usar mascarillas, en particular, las personas que presenten algúntipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por eluso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, nodispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presentenalteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
Pues bien, con el fin de que estas personas puedanacreditar ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad una especial situación quelas exime del uso de mascarilla sin necesidad de recabar justificante o informemédico, será suficiente a partir de ahora una declaración responsable -con elmodelo antes citado- firmada por la propia persona que presenta la causa deexención o por sus tutores legales. Hay que recalcar e insistir que disponer deeste documento no liberará de las responsabilidades que pudieran exigirse porla inexactitud o falsedad de la declaración.