La Justicia da la razón al Ayuntamiento por el precinto de los aparatos musicales del after del pasaje de la Plaza Mayor

Los representantes del local del ocio nocturno demandaron al Consistorio por entender que “no se ajusta a derecho” el precinto de los aparatos musicales, alegando que se hizo “como medida provisional adoptada antes del inicio del expediente"

Redada Policía Local en un 'after' de la Plaza Mayor
Redada Policía Local en un 'after' de la Plaza Mayor

Un nuevo capítulo en el conflicto abierto entre el Ayuntamiento de Salamanca y la empresa que gestiona el after del pasaje Coliseum de la Plaza Mayor y que puede ser un punto de inflexión para los futuros litigios que se abrirán o están abiertos tras los últimos expedientes del Consistorio.

Se trata de una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Salamanca que da la razón al Ayuntamiento de Salamanca en su forma de actuar frente a la entidad que gestiona el after. Este último, y ante un expediente sancionador del Consistorio, ha interpuesto un recurso de reposición asegurando que el precinto de los equipos de música del local no se ajusta a derecho y pide que se deje sin efecto.

Para ello, alegan que el 16 de abril de 2022 agentes de la Policía Local procedieron a precintar los equipos como medida provisional, “medida adoptada antes del inicio del expediente”, según la representación legal del local de ocio nocturno.

Sin embargo, los representantes jurídicos del Ayuntamiento de Salamanca exhibieron ante el juez las pruebas pertinentes para demostrar que el precinto de los aparatos musicales se llevó a cabo tras una resolución de Alcaldía de junio del mismo año.

Esta prueba ha sido aceptada como válida y veraz por el juez del Contencioso Administrativo número 2 y ha decretado que la medida cautelar -el precinto de los equipos- se ajusta a derecho y por tanto “el recurso debe ser íntegramente desestimado”. Del mismo modo, ha confirmado que la licencia que tiene este after “prohíbe la utilización de aparatos musicales”.

De esta forma, y ante una sentencia que es firme y no acepta recurso alguno, el after del pasaje Coliseum deberá mantener precintados los equipos de música, así mismo le ha condenado a pagar las costas del juicio, limitadas a 500 euros.

Con esta sentencia se crea un precedente y podría ser un punto de inflexión para los posibles recursos que presente el after, dado los expedientes que tiene pendientes de recurrir impuesto por el Ayuntamiento de Salamanca y de los que informó Salamanca24horas.com recientemente.

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído