Un juzgado reconoce el derecho de una trabajadora a recuperar los días de vacaciones que le coincidieron con el confinamiento

El juez reconoce en su sentencia que “si las vacaciones coinciden con un periodo de confinamiento, el trabajador afectado debe conservar su derecho a disfrutar las vacaciones en un tiempo posterior”.

14 Comentarios

 6575BDEA B00D 997B AD849EF9D57FA75C
6575BDEA B00D 997B AD849EF9D57FA75C

El Juzgado de lo Social número 3 de Santander ha reconocido el derecho de una trabajadora a recuperar los días de vacaciones que no pudo disfrutar como consecuencia del confinamiento durante el estado de alarma por la pandemia de Covid-19. 

El magistrado indican en su sentencia (283/2020 de 16 de septiembre) que recoge Confilegal, contra la que no cabe recurso, que “si no puede salir de casa por confinamiento forzado, no serán vacaciones (...) no se corresponderá este periodo con un legítimo y constitucional derecho al descanso anual que todo trabajador ha de tener”.

Así, el juez reconoce que “si las vacaciones coinciden con un periodo de confinamiento, el trabajador afectado debe conservar su derecho a disfrutar las vacaciones en un tiempo posterior”.

En este caso, según se recoge en los hechos probados, la mujer, trabajadora de un instituto dependiente del Gobierno de Cantabria, solicitó en enero vacaciones del 13 al 17 de abril de 2020, petición que fue autorizada.

Posteriormente, el día 24 de marzo, pidió la anulación del periodo de vacaciones por coexistir con el estado de alarma, lo volvió a pedir el 2 de abril, pero el Gobierno de Cantabria desatendió la pretensión de anulación al considerar que podía disfrutar sus vacaciones. El 11 de junio pidió de nuevo la anulación del periodo de vacaciones, pero volvieron a denegarle la solicitud.

El magistrado entiende que “resulta evidente que durante esos cinco días la trabajadora no pudo salir de casa, no pudo disfrutar de su descanso anual de modo ordinario, no pudo salir a practicar deporte, caminar, andar, acudir a un bar, ver a su familia, amistades, darse un baño en la playa, viajar, etc, es decir, su presunto disfrute de vacaciones habría quedado por completo condicionado por esa limitación manifiesta de movimientos”.

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído