La ley del honor se actualiza: ahora prohíbe el uso de imágenes y voces generadas por IA sin permiso

Uso de imágenes o voces generadas por IA solo con consentimiento expreso

Una joven fumando y leyendo el móvil
Una joven fumando y leyendo el móvil | Europa Press

El Consejo de Ministros aprobó este martes, en primera vuelta, el anteproyecto de Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, una reforma de la normativa vigente desde 1982 que adapta la legislación a los retos de las nuevas tecnologías y la inteligencia artificial (IA).

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, explicó que la ley mantiene la estructura esencial del texto original, pero se actualiza para responder al actual contexto digital y al rápido avance tecnológico. El anteproyecto inicia ahora su fase de informes y aportaciones antes de volver al Consejo de Ministros para su segunda aprobación y posterior tramitación parlamentaria. La norma forma parte del Plan de Acción por la Democracia impulsado por el Ejecutivo.

Uno de los principales cambios es la consideración como intromisión ilegítima del uso de imágenes o voces generadas, simuladas o manipuladas mediante IA sin el consentimiento expreso de la persona afectada. Según Bolaños, la reforma busca agilizar los mecanismos de protección frente a la desinformación, cuya propagación —advirtió— es cada vez más rápida y dañina.

La ley también regula el uso de imágenes personales en redes sociales. Compartir una fotografía en una plataforma no implica autorización para utilizarla en otros contextos, ya que el consentimiento queda limitado al entorno en el que fue publicada. Además, los menores de 16 años no podrán autorizar el uso de su imagen, y en el caso de los mayores de esa edad, el consentimiento no será válido si se menoscaba su dignidad o reputación. Asimismo, se establecen garantías específicas para que las personas con discapacidad puedan prestar consentimiento con los apoyos legales correspondientes.

En relación con las personas fallecidas, la norma amplía el número de personas legitimadas para proteger su honor e imagen, incluyendo a parejas de hecho o personas con vínculos afectivos similares al matrimonio. También se permitirá prohibir expresamente mediante testamento el uso comercial de la imagen o la voz tras el fallecimiento.

El anteproyecto introduce además una regulación específica para los llamados true crimes, reforzando la protección de las víctimas. La revelación de detalles de un delito por parte de su autor que cause un nuevo daño a la víctima será considerada una intromisión ilegítima, incluso aunque no exista un beneficio económico.

En materia de indemnizaciones, la ley fija criterios claros para su cálculo, teniendo en cuenta factores como la gravedad del daño, la repercusión social, la reincidencia o el prestigio del medio que difundió la información. Bolaños subrayó que se eliminan las indemnizaciones simbólicas: toda vulneración del derecho al honor deberá conllevar una compensación adecuada.

Por último, la norma prevé que las sentencias firmes puedan publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a petición de la persona perjudicada, reforzando así el carácter reparador de las resoluciones judiciales.

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