Multas de hasta 6.000 euros y la retirada de 6 puntos del carnet: la DGT señala los dispositivos que no se pueden llevar en el interior del coche
Están considerados ilegales y circular con ellos se penaliza al ser una infracción grave
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha endurecido ciertas multas con el fin de lograr una mayor seguridad vial en las carreteras. Por ello y adaptándose a los nuevos tiempos, ha recordado los dispositivos con los que está prohibido circular en el interior del vehículo, pese a que no se utilicen.
Estos elementos son los detectores de radares que rastrean y localizan los más cercanos, por los que los conductores se enfrentan a una sanción de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carnet, así como aquellos que rastrean los radares y anulan su funcionamiento, conocidos como inhibidores de radares. Estos suponen una infracción grave al ser ilegales y conllevan multas de hasta 6.000 euros y la retirada de 6 puntos del carnet.
Por otra parte, los avisadores de radares tales como GPS y aplicaciones móviles por el momento se permiten porque tan solo "alertan al conductor de la proximidad del mismo", según recoge la DGT.
También te puede interesar
Lo último