La nueva ley residencial entrará en vigor en 20 días tras publicarse en el Bocyl este miércoles

El nuevo modelo introduce expresamente el término de cuidados de larga duración, coincidente con los términos utilizados en el ámbito de la UE 

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Una mujer en la Residencia Asistida Diputación
Una mujer en la Residencia Asistida Diputación

La ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León entrará en vigor en 20 días, tras su publicación este miércoles en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

La nueva norma residencial, compromiso de investidura del presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, se aprobó en el pleno de las Cortes del pasado 10 de abril con el voto a favor de los socios de PP y Vox, en contra de PSOE, Podemos y Francisco Igea y con la abstención de UPL-Soria Ya y de Por Ávila

El nuevo modelo introduce expresamente el término de cuidados de larga duración, coincidente con los términos utilizados en el ámbito de la Unión Europea, y orienta la denominación de los centros en función de su especialización en cuidados para personas en situación de dependencia y con discapacidad, sustituyendo así al colectivo global de personas mayores en la denominación de los centros.

La pandemia ha evidenciado la necesidad de incorporar nuevos planteamientos en el diseño de los centros, tanto a nivel de instalaciones como de atención, con un diseño que permita evitar o, al menos, combatir de forma adecuada una situación extraordinaria por causas de salud pública. Así recoge tres elementos: sectorizar los centros en pequeñas unidades, contar con un plan de contingencias y dotar a los centros de una reserva estratégica de material de protección.

Define un nuevo modelo de atención integral y centrado en la persona que ya se puso en marcha a través de un proyecto piloto, el programa denominado “En mi Casa”, con una muestra cercana a las 2.000 personas usuarias. El modelo que establece esta ley parte de la necesidad expresa de reconocimiento de la dignidad de cada persona necesitada de atención, sin distinción alguna.

Señala a los centros como la vivienda de las personas, indica que no son centros sanitarios, que estos deben estar constituidos por unidades de convivencia con ambiente y tamaño de un hogar familiar. Recoge que las ratios de los profesionales que presten los apoyos en los centros residenciales deben contar con la formación adecuada para garantizar la calidad de vida de los usuarios. El sistema público de salud debe garantizar el acceso de los residentes a las prestaciones sanitarias públicas en equidad con el resto de la población.

También se promueve en la ley que los centros tengan la condición de centros multiservicios, para lo que se favorece que los centros aprovechen las infraestructuras de los barrios o pueblos para integrar en ellos las actividades que desarrollen para que formen parte de la oferta comunitaria y que sirva, además, para enriquecer la vida de la comunidad en general y de los pequeños núcleos de población en particular.

La ley introduce como novedad la creación de un sistema de verificación de calidad de los servicios residenciales. Promueve y regula una atención libre de restricciones, cuyo uso será siempre excepcional y temporal, y cuando hayan fracasado el resto de medidas alternativas y hubiera un riesgo para la persona usuaria o terceros.

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