Pago por métodos telemáticos, ‘uniforme’ en los conductores o fin a los coches de más de 12 años: los detalles de la nueva ordenanza del taxi en Salamanca

La nueva normativa que entra en vigor en los próximos días actualiza un ‘obsoleto’ reglamento que lleva vigente desde hace casi cuatro décadas y que incluso recogía las sanciones en pesetas

Taxis en Salamanca en una foto de archivo
Taxis en Salamanca en una foto de archivo

El taxi salmantino tendrá en los próximos días una nueva normativa que unifica la vestimenta de los conductores, elimina del servicio a los vehículos de más de 12 años de antigüedad y los conecta de manera directa con la Policía Local mediante GPS o permite el pago por métodos telemáticos. La nueva Ordenanza Municipal del Taxi, que ha sido publicada este martes en el Boletín Oficial de la Provincia, se adapta a las necesidades actuales, tanto que la regulación a la que sustituye es de hace 37 años e incluso recoge en pesetas el pago de las sanciones derivadas de su incumplimiento y que ahora pueden llegar a alcanzar los 18.000 euros.

Entre los detalles de la nueva ordenanza figuran aspectos como la simplificación en la tramitación de las licencias, para las que se establece un límite del que no se precisa el número exacto, ya que puede ser variable para atender a la “necesidad y conveniencia” en la prestación del servicio. Entrando en los pormenores de la nueva norma del sector, también se modifican aspectos como la trasmisión de las licencias, que se abre a cualquier persona y bastará con comunicarlo por escrito al Ayuntamiento, o en el caso de fallecimiento recaerá sobre los herederos. Hasta ahora las licencias eran intrasmisibles, excepto en contados supuestos como en caso de fallecimiento, que recaía sobre el cónyuge.

Junto a ello también se establece que las licencias serán revocadas en los casos en los que se deje de prestar el servicio al público durante cuarenta y cinco días consecutivos o sesenta alternos en un año, no tener seguro, por incumplimiento reiterado de las normas, arrendar las licencias, o tener conductores ‘encubiertos’. Además, se obliga a tener el coche en perfecto estado de conservación y limpieza tanto en su interior como exterior, así como en perfectas condiciones higiénico-sanitarias y a desinfectarlos, al menos, una vez cada dos años.

También obliga al aseo y vestimenta adecuada de los conductores. Para este extremo los profesionales deberán utilizar pantalón largo o falda de un color, al igual que la camisa o polo que además no podrá estar serigrafiada. El jersey, chaleco y resto de ropa de abrigo, en caso de utilizarse, también será de un color. La ordenanza también establece que el calzado será cerrado y prohíbe la utilización de la ropa deportiva.

Las normas no solo conciernen a los profesionales sino que también figuran aspectos relativos a los vehículos, que tendrán cuatro o cinco puertas con tapizado uniforme y piso cubierto con goma prohibiéndose la utilización de alfombras. También se permite instalar una mampara y en este supuesto el conductor puede negarse a admitir usuarios en el asiento delantero.

En cuanto a su antigüedad, no se podrá inscribir a un coche que tenga más de cuatro años y no podrán prestar servicio los de más de doce años desde su primera matriculación. Estos vehículos autorizados estarán, además, equipados con un sistema de seguridad con tecnología GPS conectado de manera directa con la Policía Local de forma que permita solicitar atención de emergencia.

En cuanto a la prestación del servicio, los taxis están obligados a concurrir diariamente a la parada para la prestación de los servicios, combinando el horario para que estén siempre atendidas y el Consistorio puede obligar a la prestación del servicio en áreas, zonas o paradas en determinadas horas del día o de la noche. La prestación del servicio tendrá un mínimo diario de cuatro horas. La nueva norma también establece que pueden transitar por zonas peatonales para recoger o dejar usuarios y nunca para acortar distancias entre dos puntos.

También se establece que la elección del vehículo será libre salvo en el caso de las paradas, que se hará por orden de estacionamiento aunque se puede no respetar por alguna causa justificada. Precisamente, en lo referido a este orden, si el conductor se ausenta más de quince minutos perderá su turno y no podrá recoger viajeros a menos de 100 metros anteriores a una parada que esté en el sentido de su marcha, salvo que se trate de una persona con movilidad reducida.

Durante el recorrido también destaca que se deberá seguir el itinerario más corto y en caso de accidente o avería que imposibilite finalizar el recorrido, el pasajero deberá abonar el importe correspondiente al trayecto efectuado y en caso de controles policiales, accidentes, repostaje u otros motivos no imputables a los usuarios se podrá la tarifa 0.

El pago de los importes se podrá realizar tanto en metálico como a través de medios electrónicos aunque en el caso del primer supuesto únicamente se estará obligado a proporcionar cambio de hasta 20 euros.

Los supuestos en los que se puede negar a prestar servicio

Al igual que los usuarios disponen de libre elección de vehículo y pueden no respetar el orden de las paradas en casos concretos, los conductores también pueden negarse recoger a determinados clientes sin causa justificada. En aquellos extremos en los que se permitirá este hecho es en el caso de personas perseguidas por la Policía, con estado de manifiesta embriaguez o drogados, que su atuendo, bultos o animales puedan causar daños en el cocheo el recorrido implique un peligro para la seguridad, entre otros.

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