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Los paseos de "menores de 14 años" incluyen las zonas verdes y el adulto puede ser un empleado de hogar

El Gobierno habilita a las CC.AA a regular las salidas en los centro de menores tutelados respetando las condiciones establecidas

niño patinete

Los niños "menores de 14 años" podrán dar un paseodiario desde las 9 horas de este domingo acompañado a un adulto y podrán pasearpor las zonas verdes que estén a un kilómetro de su casa, además el adultoresponsable que los acompañe podrá ser un empleado del hogar con autorización.La medida afecta a más de seis millones de niños en España.

Así lo especifica la orden que el Ministerio de Sanidad hapublicado este sábado 25 de abril y que entra en vigor mañana y estará vigenteen caso de sucesivas prórrogas.

La orden especifica que se entenderá por niños y niñas laspersonas "menores de 14 años". Sin embargo, el Ministerio de Sanidadhabía aclarado esta semana que los paseos incluyen a los menores de 14 años. Ensus distintas comparecencias el ministro de Sanidad, Salvador Illa, se hareferido a "menores de 14 años". Sin embargo, el vicepresidente deDerechos Sociales, Pablo Iglesias, habló de "menores de hasta 14años".

De este modo, la orden habilita a los niños y niñas, y a unadulto responsable, a circular por las vías o espacios de uso público, siemprey cuando se respeten los requisitos establecidos para evitar el contagio.

Dicha circulación queda limitada a la realización de unpaseo diario, de máximo una hora de duración y a una distancia no superior a unkilómetro con respecto al domicilio del menor, entre las 9:00 horas y las 21:00horas.

La orden especifica que no podrán dar paseos los niños yniñas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a undiagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en periodo de cuarentenadomiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas odiagnosticado de COVID-19.

Distancia de al menos dos metros con terceros

Como se había adelantado, el paseo diario deberá realizarsecomo máximo en grupos formados por un adulto responsable y hasta tres niños oniñas. Durante el paseo diario deberá mantenerse una distancia interpersonalcon terceros de al menos dos metros. Asimismo, deberá cumplirse con las medidasde prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridadessanitarias.

Se podrá circular por cualquier vía o espacio de usopúblico, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempreque se respete el límite máximo de un kilómetro con respecto al domicilio delmenor. No estará permitido, sin embargo, el acceso a espacios recreativosinfantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas.

El adulto, responsable de que se cumplan las normas

La orden especifica también que se entiende por adultoresponsable aquella persona mayor de edad que conviva en el mismo domicilio conel niño o niña actualmente, o se trate de un empleado de hogar a cargo delmenor. Cuando el adulto responsable sea una persona diferente de losprogenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho,deberá contar con una autorización previa de estos.

Además, establece que es responsabilidad del adultoacompañante garantizar que se cumplen durante la realización del paseo diariolos requisitos para evitar el contagio. Estos paseos son compatibles con lo yapermitidos hasta el momento para menores durante el Estado de Alarma.

Salidas en centros de menores

Por otro lado, la orden establece que las comunidadesautónomas, respetando en todo caso lo regulado en la misma, podrán, en elejercicio de sus competencias en materia de protección y tutela de personasmenores de edad, adoptar las medidas necesarias para adecuar la aplicación delo dispuesto en la misma, en relación con los niños y niñas que residan encentros de protección de menores, centros habitacionales sociales de apoyo parapersonas con discapacidad u otros servicios residenciales análogos.

Sanidad especifica que, con el objeto de proteger a lapoblación infantil, se hace preciso regular estos paseos con el fin de aliviarlas medidas a las que han estado sometidos los menores, y las posiblesconsecuencias negativas que ello conlleva, al tiempo que se respetan lasmedidas de seguridad necesarias.

Recuerda, así el llamamiento del Comité de los Derechos delNiño de las Naciones Unidas sobre los efectos físicos, psicológicos yemocionales en la infancia y su recomendación de permitirles disfrutardiariamente de actividades fuera de casa de manera supervisada y manteniendolas garantías de higiene y distanciamiento social.

"Situación de necesidad"

Los impactos del confinamiento en niños pueden conllevar,según señala Sanidad, aspectos negativos en su salud somática (mayor tendenciaal sobrepeso y obesidad, hipotonía, incremento del sedentarismo, etc.), asícomo en su salud emocional (irritabilidad, apatía y decaimiento, alteracionesdel sueño, incremento de la dependencia de la persona adulta, etc.). Por ello,considera que existe una "situación de necesidad" para autorizar lospaseos.

Respecto a los beneficios, considera que los paseos puedenaportar impulsar un estilo de vida más saludable, prevenir algunos problemasasociados al mantenimiento prolongado del estado de alarma, como puede ser lamejora de la calidad del sueño o la síntesis de vitamina D, así como una mejoraen el bienestar social o familiar.

Sanidad añade que las condiciones de las viviendas y losestilos de vida no son iguales en todos los hogares por lo que la declaracióndel estado de alarma supone un impacto desigual en la población infantil,afectando especialmente a aquellos niños y niñas que viven en condiciones devida de mayor vulnerabilidad.

Por otra parte, se considera que una salida controlada de lapoblación infantil puede reportar beneficios asociados a un estilo de vida mássaludable, prevenir algunos problemas asociados al mantenimiento prolongado delestado de alarma, como puede ser la mejora de la calidad del sueño o lasíntesis de vitamina D, así como una mejora en el bienestar social o familiar.

Igualmente, cabe señalar que las condiciones de lasviviendas y los estilos de vida no son iguales en todos los hogares, por lo quela declaración del estado de alarma supone un impacto desigual en la poblacióninfantil, afectando especialmente a aquellos niños y niñas que viven encondiciones de vida de mayor vulnerabilidad.

También pueden acompañar a hacer recados

Además, la prórroga del Decreto de Alarma que publica estesábado 25 de abril el BOE habilita a menores de 14 años a acompañar a un adultoresponsable de su cuidado cuando este realice alguna o algunas de lasactividades permitidas, como ir al supermercado, a la farmacia o al banco. Estepermiso se aplicará a partir de este domingo 26 de abril.

La prórroga del Estado de Alarma habilita al ministro deSanidad, Salvador Illa, en atención a la evolución de la emergencia sanitaria,a dictar órdenes e instrucciones en relación con las actividades y desplazamientos.En base a esa habilitación, Sanidad ha dictado la orden de los paseos. Aprimera hora de la mañana se ha publicado en el BOE esta prórroga y,posteriormente, la orden de Sanidad, lo que ha generado cierta confusión.

En la prórroga del Decreto de Alarma sí se especifica que seha entendido razonable establecer el umbral de edad de menores de 14 añosporque a partir de los 14 años el grado de autonomía del menor le permiteprescindir del acompañamiento de un adulto en esos desplazamientos.

Comentarios
Vigilante Hace 4 años (26/04/2020 08:14)
Cito:"Además, la prórroga del Decreto de Alarma que publica este sábado 25 de abril el BOE habilita a menores de 14 años a acompañar a un adulto responsable de su cuidado cuando este realice alguna o algunas de las actividades permitidas, como ir al supermercado, a la farmacia o al banco. Este permiso se aplicará a partir de este domingo 26 de abril."<br/><br/>Super en el que vea un padre con hijos super al que no vuelvo en la vida. <br/>3510
anónimo Hace 4 años (26/04/2020 09:10)
Abrir jesuitas a niños, que vean Y prohíbo perros de momento <br/>317
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