El Procurador del Común ha iniciado una actuación de oficio ante la existencia de una elevada afectación de las áreas arboladas de Castilla y León por la llamada “oruga procesionaria”. La llamativa presencia de esta oruga en parques y jardines públicos y también en zonas de juego infantil o en los patios de los centros escolares ha provocado una cierta alarma social, sobre todo por los efectos urticantes y los daños que causa el simple contacto con ellas, tanto en las personas como en las mascotas, singularmente en los perros.
Debido a que ha sido una queja recurrente, desde la Defensoría se sabía que las entidades locales han venido aplicando distintos métodos preventivos y de tratamiento de este lepidóptero, con diferentes resultados en cuanto a su efectividad, sobre todo cuando han existido cambios en el ciclo de eclosión y bajada a tierra de las orugas, ciclo que resulta cambiante año tras año en función de diversas circunstancias climatológicas que provocan, tras los inviernos de temperaturas muy suaves, un adelanto y una mayor proliferación. Así ocurrió el pasado año 2019.
El resultado de la actuación ha puesto de manifiesto que las situaciones son muy distintas, encontrándonos localidades en las que no existe ninguna incidencia de procesionaria, frente a otras en las que directamente los informes remitidos hablan de “plaga” y de dificultades en el control de la misma.
Según los datos facilitados, parece que la tendencia a la expansión de este insecto va a hacer cada vez más frecuente su presencia en los entornos urbanos, por las condiciones climáticas, es por ello que las administraciones deben estar preparadas para combatirlo en apenas unos meses y mantener la población de esta especie en umbrales aceptables.
Así, se ha solicitado a los Ayuntamientos de más de 5.000 habitantes (en la provincia de Salamanca serían los de la propia ciudad de Salamanca, Santa Marta, Carbajosa de la Sagrada, Alba de Tormes, Peñaranda de Bracamonte, Villares de la Reina, Villamayor de la Armuña, Guijuelo, Béjar y Ciudad Rodrigo, que asuman las siguientes recomendaciones:
- Que sigan implementando las medidas de prevención y control de la procesionaria del pino que mejor se adapten a las características de su municipio y al número de ejemplares afectados, primando la intervención menos lesivas para la personas y para el arbolado, los métodos manuales (retirada manual, trampas anillo), la endoterapia y en su caso efectuando fumigaciones con productos biológicos, cumpliendo siempre las determinaciones que se extraen de RD 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece un marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
- Que se efectúe una adecuada planificación de las labores de control y eliminación de este insecto lepidóptero atendiendo a las situaciones de cambio climático que, en general, están adelantando los ciclos de eclosión de estas larvas y su llegada a la madurez
- Que preste especial vigilancia y seguimiento a los ejemplares situados en zonas escolares y/o de juego infantil, así como en zonas de recreo para mascotas, realizando en las mismas siempre una retirada manual de los bolsones o estableciendo barreras que impidan su llegada al suelo. Cuando planifique la instalación de zonas de juego infantil evite la elección de ubicaciones cercanas a ejemplares susceptibles de sufrir la incidencia de la oruga procesionaria.
- Que se facilite una adecuada información al ciudadano sobre la incidencia de la plaga, las medidas que se adoptan por la entidad local al respecto y las precauciones que en su caso deban adoptarse los ciudadanos, para conseguir así una adecuada concienciación e implicación en las labores que se realizan y evitar en lo posible los actos vandálicos
- Que efectúe un seguimiento de la incidencia de este lepidóptero en zonas verdes o fincas particulares, efectuando el correspondiente asesoramiento técnico y/o si la situación lo requiriera dictando las correspondientes órdenes de ejecución
- Que en su caso recaben la ayuda y asistencia técnica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente en cumplimiento del mandato de cooperación y coordinación administrativa al servicio de los ciudadanos.
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