El adelanto del toque de queda a las 20 horas en Castilla y León ya es una realidad después de su publicación en el BOCyL

También se ha publicado el confinamiento perimetral de las provincias y la limitación de reuniones en domicilios a cuatro personas. Todas ellas entran en vigor este sábado

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El presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, antes de participar en el Pleno de las Cortes de Castilla y León
El presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, antes de participar en el Pleno de las Cortes de Castilla y León

La Junta de Castilla y León y Alfonso Fernández Mañueco han cumplido su palabra y, a primera hora de la mañana de este sábado, 16 de enero, han publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León las tres órdenes que amplían el toque de queda a partir de las 20 horas, que confinan perimetralmente las provincias de la Comunidad y que limitan las reuniones en domicilios a cuatro personas.

Si bien las dos últimas no planteaban ningún problema legal, el adelanto del toque de queda supone un desafío al Gobierno central, ya que desde el Ministerio de Sanidad se indicó que no era posible fijar la hora de inicio del toque de queda antes de las 22 horas.

Sin embargo, según un informe de los Servicios Jurídicos de la administración autonómica, esta decisión la avala el artículo 10 del Real Decreto 956/2020 de 3 noviembre. Al autorizar la prórroga del estado de alarma, se acuerda la modificación de este artículo, permitiendo “modular, flexibilizar y suspender” la limitación de la libertad de circulación de las personas siempre que sea en horario nocturno prevista en el artículo. Modular es modificar los factores que intervienen en un proceso para obtener distintos resultados. Por tanto, con esta previsión el Real Decreto 956/2020 permite que la autoridad delegada restrinja los criterios de limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, buscando obtener una mejora de la situación sanitaria.

Así, Alfonso Fernández Mañueco, como autoridad delegada en Castilla y León, tras la prórroga del actual estado de alarma, tiene la facultad de ampliar o restringir dicha libertad en horario nocturno.

Tras consultar a expertos sanitarios y epidemiológicos, con el aval de los servicios jurídicos de la Junta, y tras haber mantenido reuniones con alcaldes, presidentes de diputación y portavoces parlamentarios, la Junta de Castilla y León ha adoptado nuevas medidas para frenar el vertiginoso aumento de contagios e incidencia acumulada, que se ha multiplicado casi por 5 desde el 1 de enero en la comunidad.

Así pues, la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno será entre las ocho de la tarde y las seis de la mañana. Durante este tramo horario las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de usos público para la realización de las actividades autorizadas previstas en el Real Decreto 926/2020 sobre el estado de alarma, tales como la adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios y a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia;  el de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; el retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado o la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, así como la asistencia a la actividad lectiva presencial de los centros docentes.

Asimismo, a las 20 horas entrará en vigor la limitación de la entrada y salida de personas del territorio de cada una de las provincias de Castilla y León, salvo para todos aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los motivos exceptuados.

En tercer lugar, se limita también la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados a un número máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes, lo que se espera reduzca de manera muy significativa la movilidad e interacción social. Esta medida no afecta a la confluencia de personas en instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen específico de medidas de prevención y control aprobado por la autoridad sanitaria, ni tampoco a las actividades laborales e institucionales.

En este sentido, también se reducirá en toda Castilla y León el aforo para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, de manera que no se supere un tercio de su aforo, con un máximo de 25 personas.

Estas medidas serán efectivas desde 20 horas de mañana sábado 16 de enero y se evaluarán cada 15 días para garantizar su adecuación a la evolución de indicadores.

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