Fin al registro estatal obligatorio de pisos turísticos para operar en plataformas digitales

El Tribunal Supremo ha tumbado este registro que obligaba a los pisos turísticos a inscribirse en un sistema estatal para poder operar en plataforma digitales

Piso turístico en Salamanca
Piso turístico en Salamanca

El Tribunal Supremo ha anulado el Registro Único de Arrendamientos que obligaba a los propietarios de pisos turísticos a inscribirse en un sistema estatal para así poder operar en cualquiera de las plataformas digitales.

El alto tribunal español ha declarado nulo los preceptos del Real Decreto 1312/2024 en el que se obligaba a los propietarios a dar toda la información solicitada por el Gobierno de España. Todo esto debido a que “el Estado carece de competencias para imponer una regulación exhaustiva que invade las atribuciones autonómicas”.

Desde la Asociación de Empresarios Salmantinos de Viviendas y Apartamentos Turísticos han expuesto que “esta resolución evidencia que el excesivo intervencionismo no solo no resuelve los problemas del mercado, sino que genera duplicidades, inseguridad jurídica y frena la actividad económica. Apostamos por una regulación proporcionada, coordinada y respetuosa con las competencias territoriales, que permita al sector seguir generando riqueza y oportunidades en ciudades como Salamanca”.

Este registro se puso en marcha en 2025 para que el Gobierno de España controlara el auge de pisos turísticos y evitar de este modo cualquier uso fraudulento de los mismos. Según han indicado desde AESVAT: “Supremo ha evidenciado las limitaciones de este enfoque centralizado dado que se superponía a los registros autonómicos existentes, generando duplicidades, introducía cargas administrativas adicionales para los propietarios de los AT y VUT y provocaba inseguridad jurídica al interferir con competencias territoriales existentes desde hacía tiempo”.

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