Requisitos para optar a la nueva ayuda por hijo

Contempla cantidades que van desde los 50 a los 100 euros al mes, cuantía que se fija según la edad de los menores

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Niños jugando en la Plaza de el Corte Inglés
Niños jugando en la Plaza de el Corte Inglés

Con la aprobación definitiva de los Presupuesto Generales del Estado se confirmó la creación de una nueva ayuda de hasta 100 euros mensuales por cada hijo a cargo para familias. Esta ayuda, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022, está pensada para familias que reciben el Ingreso Mínimo Vital, que tengan ingresos económicos bajos o aquellos que están recibiendo la llamada "ayuda de los puntos", antigua prestación por hijos a cargo.

Esta nueva ayuda para las familias contempla cantidades que van desde los 50 a los 100 euros al mes, cuantía que se fija según la edad de los menores que hay en la unidad familiar. 

- Por cada niño menor de 0 a 3 años el importe de la ayuda será de 100 euros al mes

- Por cada menor de entre 3 y 6 años 70 euros al mes

- Por cada niño de 6 a 18 años no cumplidos 50 euros

El complemento de ayuda a la infancia lo podrán solicitar todas las familias que cumplan los requisitos de ingresos establecidos. Los solicitantes con rentas bajas que no reciben ni la "ayuda de los puntos", ni el IMV, tendrán que cumplir el siguiente umbral: no superar el 300% de la renta garantizada del IMV ni el 150% del límite de patrimonio correspondiente para ambos para su tipo de hogar.

La nueva ayuda podrá ser solicitada por las familias con niños que reciben el IMV, familias formadas por dos adultos y un niño con ingresos de hasta 27.000 euros, así como familias con dos niños y dos adultos con ingresos totales de hasta 32.100 euros.

Además, las familiares monoparentales con un hijo a cargo y hasta 25.700 euros de ingresos, así como aquellas también con dos niños a cargo y que ingresen hasta 30.800 euros anuales también podrán acceder a este nuevo complemento.

Para poder optar a esta ayuda será necesario acreditar haber residido legalmente durante al menos un año en España y haber solicitado, además, otras prestaciones anteriormente.

Además, también será necesario demostrar haberse independizado desde hace al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas, y en el caso de unidades de convivencia, haberse formado al menos 1 año antes del momento en el que se realiza la solicitud.

Estas prestaciones se gestionan por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

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