Salamanca retorna desde este viernes al nivel 4 de alerta pandémica: ¿Cuáles son sus restricciones?

Se trata del último paso previo al cierre de instalaciones deportivas, interior de establecimientos de hostelería y centros comerciales, medidas que se toman el domingo en Ávila, Segovia y Palencia, de no mejorar los datos sanitarios de Salamanca

Salamanca vuelve al nivel 4 de alerta desde este viernes. | FOTO: ICAL
Salamanca vuelve al nivel 4 de alerta desde este viernes. | FOTO: ICAL

La Junta de Castilla y León ha elevado a Salamanca, como al resto de provincias de Castilla y León, al nivel 4 de alerta pandémica por la COVID-19 a la vista de los últimos informes epidemiológicos y sanitarios de la Comunidad. Se trata del último paso previo al cierre de instalaciones deportivas, interior de establecimientos de hostelería y centros comerciales, medidas que sufrirán Ávila, Segovia y Palencia a partir de este domingo, de no mejorar los datos sanitarios de Salamanca.

La decisión se ha tomado el este jueves, 7 de enero, en el Consejo de Gobierno, medida que es efectiva desde esta misma jornada de viernes.

Con carácter general, las acciones ordinarias de contención que entran de nuevo en vigor se resumen en:

  • En las viviendas, reuniones de máximo seis personas no convivientes.
  • En hostelería y restauración, el consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33% del aforo. Se limitará la ocupación máxima de mesas o agrupaciones de mesas a seis personas. En todo caso, la distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas será de 1,5 metros en terrazas al aire libre, y de dos metros en el interior de los establecimientos. Las terrazas se podrán abrir con el 75 % del aforo.
  • En ocio y cultura, museos y salas de exposiciones deberán respetar la limitación de un tercio de su aforo; por su parte en cines y teatros, aforo máximo a un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.
  • Centros comerciales y comercios minoristas: un tercio del aforo tanto en locales de interior como en zonas comunes. Se mantendrá las limitaciones y condiciones de horario establecidas por el actual Estado de Alarma (R.D. 926/2020) y su toque de queda.
  • Deportes: al aire libre, sin restricciones pero respetando las medidas preventivas individuales generales; en instalaciones cerradas, un tercio del aforo, uso obligatorio de la mascarilla (excepto para competiciones oficiales) y desarrollo de deporte sin contacto físico (máximo seis personas simultáneamente), excepto deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento; y en cuanto a la asistencia a eventos deportivos, aforo máximo a un tercio de la capacidad, pero si no hay entradas pre asignadas, se limita la asistencia a veinticinco personas en interior y a cincuenta al aire libre.
  • Ámbito social: limitación de visitas en centros de personas mayores; aforo al 50% en lugares de culto; y limitación a diez personas en velatorios en lugares cerrados y a quince, si es al aire libre.

Además de estas condiciones y de aquellas otras que de una forma más específica y sectorial se recogen en el Acuerdo 76/2020, la Junta recuerda la necesidad de mantener comportamientos individuales responsables y preventivos: uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos, mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad y la limitación a un máximo de seis personas en reuniones familiares y sociales.

También se mantiene el actual toque de queda, entre las diez de la noche y las seis de la mañana y la Comunidad autónoma de Castilla y León se encuentra en situación de cierre perimetral en su conjunto, para la entrada y salida de personas de su territorio.

Los ciudadanos tienen la obligación de cumplir con medidas sanitarias preventivas establecidas para la contención de la pandemia, pudiendo, en todo caso, ser sancionados los incumplimientos, de conformidad con el Decreto-Ley 7/2020, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

El seguimiento y control de las intervenciones que supone el paso al nivel 4 de alerta sanitaria por la COVID-19 en la Comunidad se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL), correspondiéndoles a las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes, según el régimen de distribución competencial previsto, la vigilancia, inspección y control de su cumplimiento.

Asimismo la Junta de Castilla y León recabará la cooperación y colaboración de la Subdelegación del Gobierno en Salamanca y de los ayuntamientos para el control y aplicación de las medidas adoptadas a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de las policías locales.

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído