Local

Sentencia europea sobre los gastos de hipoteca: ¿cuáles se pueden reclamar?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunció el jueves pasado sobre los gastos de hipoteca que un cliente puede recuperar si el banco le obligó a pagarlos. Y su sentencia deja algunas dudas, pues este organismo considera que si una cláusula se declara nula por abusiva, en principio el cliente tiene derecho a recuperar todo el dinero pagado por su culpa “salvo que las disposiciones de Derecho nacional aplicables en defecto de tal cláusula impongan al consumidor el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos”

Las hipotecas sobre viviendas descienden en agosto con respecto al anterior mes

Al introducir ese matiz, la sentencia puede tener dos interpretaciones. Si los juecesconsideran una “disposición de Derecho nacional” la jurisprudencia del TribunalSupremo español sobre el reparto de las costas hipotecarias, el consumidortendrá derecho a recuperar la totalidad de los gastos de registro y el 50% delos de notaría y gestoría, explican fuentes del comparador financieroHelpMyCash.com. En caso contrario, los clientes afectados podrán recuperar todolo pagado por la notaría, la gestoría, el registro y la tasación, aunque no loabonado por el impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD).

¿Cuánto dinero se puede recuperar?

De este modo, habrá que esperar a ver cómo interpretan losjueces españoles el fallo del TJUE. Encaso de que se decanten por la primera opción (todo el registro y el 50% dela notaría y la gestoría), desde HelpMyCash.com han creado una calculadora gratisde devolución de gastos de hipoteca con la que sus usuarios pueden saber cuánto dinero podríanrecuperar. Además, la herramienta proporciona un informe en el que se explicael proceso que hay que seguir para interponer la reclamación.

Pongamos, por ejemplo, que un cliente contrató, hace unosaños, un préstamo hipotecario medio de200.000 euros. Si el banco le obligó a pagar los gastos asociados a laconstitución de esta hipoteca, ahora podría recuperar, según la calculadora delcomparador, unos 575 euros en costas de notaría, unos 490 euros por las deregistro y unos 200 euros por las de gestoría. En total, por lo tanto, podríareclamar la devolución de unos 1.265 euros. 

¿Y cuáles se podrían reclamar si los jueces se decantan por la segunda opción? En ese caso, elbanco estaría obligado a devolver todolo que el cliente pagó en gastos de constitución, a excepción del IAJD.Para el ejemplo anterior, serían unos 1.150 euros en costas de notaría, 490euros en registro, 400 euros en gestoría y 300 euros en tasación, lo quesumarían un total de 2.340 euros.

En ambos casos,según HelpMyCash.com, el impuesto sobreactos jurídicos documentados no se podría reclamar, pues la ley españolaestablecía antes del 10 de noviembre de 2018 que este tributo debía abonarlo elconsumidor (así lo ratificó el Tribunal Supremo el 6 de noviembre de ese mismoaño).

En el aire la posible abusividad dela comisión de apertura

La justicia europea, además, sentenció que no es correctoconsiderar transparente por defecto la aplicación de la comisión de apertura.En su fallo, se establece que el juez nacional debe controlar que su redacciónfuera “clara y comprensible”. Además, tiene que asegurarse de que su cobrorespondiera a “servicios efectivamente prestados o a gastos habidos” quetuviera que pagar el banco. Es la entidad, además, la que debe acreditar que secumplió este último requisito.

En caso de que no se den algunas de estas condiciones, porlo tanto, la aplicación de la comisión de apertura podría ser consideradaabusiva, así que el cliente podría recuperar lo abonado por ella. Para unahipoteca de 200.000 euros, su coste medio sería de unos 1.000 euros (comisióndel 0,5%).

Hay que reclamar al banco o aljuzgado

Otro punto importante que introduce el Tribunal de Justiciade la Unión Europea es que sí puede existirun plazo de caducidad para reclamar la eliminación de una cláusula abusiva,que en el caso español, considera que tiene que ser de cinco años desde la conclusión del contrato. Por lo tanto, pueden recuperar ese dinero todosaquellos clientes que cumplan eserequisito y a los que el banco les cobró la totalidad de las costas de notaría,registro y gestoría (y tasación, si es el caso) asociados a la constituciónde su préstamo. En la práctica, según HelpMyCash.com, cumplen este requisito lainmensa mayoría de los que firmaron su hipoteca antes de 2019. No podríanreclamar, en cambio, los que ya hayan obtenido una sentencia en firme sobreeste caso, pues se considera “cosa juzgada”.

Para ahorrar tiempo, estosafectados pueden interponer su reclamación ante el propio banco. Elprocedimiento es simple: hay que tramitarla a través del Servicio de Atenciónal Cliente de la Entidad, que tiene un mes para responder. Si no lo hace o larechaza, puede elevarse la queja ante el Departamento de Conducta de Entidadesdel Banco de España. Aunque sus resoluciones no sean vinculantes, se puedenutilizar como argumento de refuerzo en un juicio posterior.

En caso de que falle la vía extrajudicial, la otra opción es denunciar al banco anteel juzgado de cláusulas abusivas de la provincia en la que el clienteresida. La sentencia final puede tardar meses o incluso años en emitirse por elcolapso que sufren estos juzgados, pero en caso de ganar el pleito, las costasdel proceso deberá soportarlas la entidad financiera. 

Comentarios
anónimo Hace 3 años (21/07/2020 22:34)
Se le puede recoamar a Laboral Kutxa por gastos de hipoteca y demás del año 2007? O es mejor esperar a ver q dicen los Jueces de España? <br/>00
bartolomeorales Hace 3 años (22/07/2020 10:22)
paletorros españolzos torpes bobos y reivindican la calderilla gestión de la hipoteca y dejan el fajo,el dinero pagado de más en la burbujota de tres veces mas el valor de sus viviendas,,si es que no tienen remedio <br/>10
Ver más