Una sentencia obliga a retirar el "escudo preconstitucional" de la Audiencia Provincial

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a la parte demandante y deberá retirarse el escudo del Palacio de Justicia antes de las obras de rehabilitación, como se refería el Ministerio de Justicia en 2017. Ante la sentencia todavía cabe recurso de casación

 Audiencia provincial palacio justicia salamanca juzgados 2
Audiencia provincial palacio justicia salamanca juzgados 2

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado el recurso planteado por la Asociación para la Defensa de la Ley de Memoria Histórica y Retirada de Símbolos Franquistas referente al escudo preconstitucional del Palacio de Justicia de Salamanca y condena al Ministerio de Justicia a retirarlo. 

Así se refiere una nueva sentencia sobre este ámbito ganada por la Asociación para la Defensa de la Ley de Memoria Histórica cuyo portavoz es el abogado Gorka Esparza, después de que en febrero de 2017 el propio Ministerio de Justicia emplazara a la retirada del símbolo franquista en el momento de su rehabilitación. 

Sin embargo, según se refiere la sentencia, este hecho no es de recibo más de dos años después al no haberse licitado la obra, ni contarse con un proyecto técnico elaborado, ni habilitarse una partida específica al efecto.

De esta manera, "aplicando la normativa y la jurisprudencia" se estima el recurso ante la no discusión por parte de la Administración de la aplicación de las previsiones legales, sino que "soslaya reiteradamente en el tiempo su ejecución". 

De hecho, recuerdan, ya en 2010, la Comisión Técnica "aprueba la retirada del escudo, lo que acepta el propio Ministerio de Justicia, si bien lo incardina en la rehabilitación integral del edificio, aun ni siquiera aprobada a estas fechas". 

Añaden, asimismo, que el edificio no está catalogado como bien de interés cultural "lo que no impide, en principio, la actuación reclamada". 

Ante ello, culminan, se procede "atender el recurso interpuesto y condenar a la Administración a llevar a cabo lo pertinente para la retirada de tal escudo preconstitucional". 

Frente a esta sentencia, eso sí, cabe recurso de casación, que deberá interponerse en los próximos 30 días al de su notificiación. 

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído