Transportes permite tramitar la tarjeta de tacógrafo digital a los conductores profesionales con permiso de clase B

Podrán obtenerla los conductores de vehículos impulsados por combustibles alternativos, con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg e inferior a 4.250 kg

Un guardia civil analiza la tarjeta de un tacógrafo
Un guardia civil analiza la tarjeta de un tacógrafo | Europa Press

El Ministerio de Transportes anuncia en un comunicado que permite tramitar la tarjeta de tacógrafo digital (que exige la titularidad de un permiso de clase C o D) a los conductores profesionales con permiso de clase B; un tacógrafo digital que será obligatorio a partir del 1 de julio de este año para el transporte de mercancías en vehículos de más de 2.500 kilos en operaciones de transporte internacional y de cabotaje en los países de la Unión Europea.

En el comunicado también se indica que los conductores con permiso clase B de vehículos impulsados por combustibles alternativos, con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg e inferior a 4.250 kg, podrán obtener esta tarjeta de tacógrafo.

Para los ciudadanos de países pertenecientes a la Unión Europea será suficiente cualquier documento con valor probatorio, mientras que para los de terceros países se acreditará la residencia mediante el certificado de residente. También será válido presentar la Tarjeta de Identidad de Extranjero o cualquier otro documento válido previsto en la normativa de derechos y libertades de los extranjeros en España.

Para poder tramitar la tarjeta de tacógrago, el Ministerio ha tenido que modificar dos órdenes ministeriales previas: la de 2005 que regula la implantación del tacógrafo digital y la de 2012 que regula el documento de control administrativo de transporte público de mercancías.

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