Todos los vehículos VMP deberán estar asegurados antes del 26 de enero
Para ello hay que realizar un procedimiento telemático de inscripción a través de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico
Todos los vehículos VMP que tengan un peso y una velocidad superior a 25 kilos y 14 km/h deberán estar asegurados antes del 26 de enero.
La DGT recuerda que la Ley 5/2025 de 24 de julio es la que modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, y por la que se crea la obligación de asegurar todos los vehículos de movilidad personal (ya sean considerados vehículos personales ligeros o vehículos a motor).
Hasta ahora, en España no era obligatorio tener un seguro para ir en patinete eléctrico, pero con esta nueva ley todos estos vehículos deberán tener un seguro de responsabilidad civil, igual que los coches y las motos.
Esta normal insta a la DGT a regular el registro e inscripción previa como condición para el aseguramiento obligatorio a partir del 2 de enero. Esto quiere decir que para poder asegurar un patinete, primero debe estar inscrito en un registro oficial de la DGT, que por ley no empieza hasta el inicio de 2026, y por eso, mientras se tramita la regulación, "no será aplicable la obligación previa de inscribir los vehículos de movilidad personal hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo". La fecha tope impuesta es el día 26.
Tras la aprobación y entrada en vigor del citado real decreto, "todos los vehículos de movilidad personal quedarán obligados a su inscripción en el Registro de Vehículos", mediante un sencillo procedimiento telemático de inscripción a través de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico.
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