El Juzgado concede el tercer grado a Urdangarín para trabajar fuera de la prisión y regresar a la cárcel para dormir

El cuñado del rey disfrutará de la libertad todos los fines de semana

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Iñaki Urdangarín. Foto: EP
Iñaki Urdangarín. Foto: EP

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 1 de Castilla y León estimó el recurso del interno Iñaki Urdangarín, preso en la cárcel de Brieva (Ávila), y le concedió el tercer grado penitenciario. De esta manera, el cuñado del rey trabajará fuera de la prisión y regresará a la prisión para dormir, además de disfrutar de la libertad todos los fines de semana.

El auto del Juzgado, con fecha de hoy 20 de enero, revoca la resolución del Director General de Ejecución Penal y Reinserción de Instituciones Penitenciarias del pasado 30 de diciembre, que contemplaba el mantenimiento del segundo grado del recurrente, al acordar la "progresión" del  interno al tercer grado.

El Ministerio Fiscal se adhirió al recurso interpuesto por Urdangarín y apoyó su progresión al tercer grado con la condición, aprobada ahora por el juez, de que el penado mantuviera su actividad laboral y se sometiera a un programa de tratamiento de delincuencia económica.  

La resolución judicial recoge que frente al acuerdo unánime de la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de Ávila proponiendo la progresión al tercer grado del interno, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias dicta una resolución carente de toda motivación, usando un mero formulario, que serviría para cualquier interno por la vaguedad de los términos empleados, infringiendo con ello las exigencias establecidas al efecto de forma reiterada tanto por el Tribunal Constitucional, como por el Tribunal Supremo.  

El auto, en línea con lo apuntado por el fiscal, recoge la positiva evolución del interno, lo cual lleva a que reúna los requisitos legalmente establecidos para acceder al tercer grado, si bien como complemento se considera adecuado el mantenimiento de la actividad laboral que viene desarrollando en el centro Don Orione y la realización de un programa de tratamiento específico en materia de delincuencia económica.  

El titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria concluye que la resolución de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias revocada no da explicación alguna de la razón del peor trato dado al recurrente frente a los demás condenados en el ‘caso Nóos’, cuando al menos, con relación a uno de ellos (el ex socio), las circunstancias del interno Urdangarín son claramente más favorables a día de la resolución que cuando a aquél otro le fue concedido el tercer grado, vulnerándose con ello el principio de igualdad consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española. 

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