El nuevo Código Ético de los diputados les obligará a revelar sus regalos y empleos pasados

Además de publicar sus bienes y actividades, deberán declarar sus intereses y podrían tener que inhibirse en caso de conflicto

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 Diputados en el hemiciclo
Diputados en el hemiciclo

El nuevo Código Ético de los diputados ha entrado en vigor este martes y obligará a los parlamentarios elegidos el próximo 28 de abril a declarar sus empleos remunerados del pasado y los regalos o viajes gratuitos obtenidos, todo ello con el fin de vigilar que no incurran en un posible conflicto de intereses en su actividad en el Congreso.

La Mesa del Congreso aprobó ese Código de Conducta a finales de febrero, pero la entrada en vigor no se ha producido hasta este martes con la publicación del texto en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG) y su aplicación se reserva para la próxima legislatura, tras las elecciones generales del 28 de abril.

Con este código se da cumplimiento a las recomendaciones en materia de transparencia que el Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) realizó al legislativo español hace más de cinco años, y ante la falta de un acuerdo en la Comisión del Estatuto del Diputado fue la presidenta de la Cámara, Ana Pastor, quien asumió el encargo en la Mesa del Congreso y, con la participación de los servicios jurídicos, impulsó su aprobación en la Cámara Baja. En el Senado no se ha adoptado esta medida.

Según el texto del acuerdo, recogido por Europa Press, los nuevos diputados no sólo deberán presentar las dos declaraciones que ya se exigen al acreditarse en el Congreso, una sobre bienes y patrimonio y otra de actividades, sino que tendrán que adjuntar una tercera declaración de "intereses económicos".

Detallar quién le contrató y le dio regalos

En ese escrito, que será público en la web del Congreso al igual que las otras dos declaraciones,, los diputados deberán detallar las actividades privadas que le han generado rendimiento económico en el pasado, incluyendo el periodo, el nombre del empleador y el sector en el que se ha operado, así como las donaciones, obsequios no remunerados, incluyendo viajes e invitaciones a actividades deportivas y culturales, que pudieran reflejar algún tipo de interés económico.

Se determina que "los diputados deberán tomar todas las medidas necesarias para evitar la existencia de un conflicto de intereses" que pueda "poner en duda su objetividad e independencia" y, si no se puede resolver, deberá comunicarlo antes del debate y votación del punto que le afecte, lo que abre la puerta a su inhibición.

El nuevo Congreso creará una Oficina de Conflicto de Intereses dirigida por un letrado para asesorar a sus señorías y a la Mesa de la Cámara sobre la aplicación del Código de Conducta y para hacer comprobaciones de las declaraciones presentadas por los parlamentarios.

Las sanciones, las del reglamento

Eso sí, este nuevo órgano no investigará a sus señorías, sino que esa labor seguirá estando residenciada en la Comisión del Estatuto del Diputado que contempla el Reglamento y de la que forman parte un miembro de cada grupo parlamentario. Esa investigación se iniciará por decisión del presidente del Congreso, de motu proprio o a instancias de otro diputado.

El Código de Conducta no contempla expresamente sanciones para quienes lo incumplan, pero se remite a las previstas en el Reglamento del Congreso, que es la norma de rango superior.

En otro punto se indica que los diputados deberán hacer pública en el Portal de Transparencia del Congreso su agenda de actividades institucionales y sus reuniones con "lobbies".

Primera definición oficial de un lobby

A falta de que la Cámara detalle una definición de estos grupos de interés, ya que la tramitación de la reforma reglamentaria al respecto no acabó de arrancar, este Código de Conducta define como 'lobby' a aquellas como personas físicas o jurídicas que se comuniquen con cargos públicos en favor de intereses privados, públicos, particulares o colectivos para influir sobre cuestiones relacionadas con la redacción de iniciativas legislativas.

Por otro lado, el Código Ético establece que "los diputados se abstendrán de recibir obsequios o beneficios que puedan ser razonablemente percibidos como un intento de influir en su conducta". En el texto sólo son aceptables los regalos de mera cortesía o aquellos personales de amigos y familiares, y aquellos que reciban en viajes oficiales quedarán en manos de la Cámara.

Por último, y en cuanto a las misiones de observación electoral en el extranjero, el Código de Conducta subraya que los diputados sólo podrán participar en tareas autorizadas por la Mesa del Congreso y tendrán prohibido recibir gratificaciones de ninguna clase.

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