El pan sin gluten seguirá con un IVA superior al convencional
Las personas celiacas denuncian que la nueva normativa mantiene el pan sin gluten con un IVA del 10 %, mientras el pan convencional tributa al 4 %
La Federación de Asociaciones de Celiacos de España (FACE) y sus asociaciones lamentan que la nueva normativa del pan que impulsa el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación mantiene un IVA más alto para el pan sin gluten, al no reconocer sus particularidades en el proceso de elaboración.
El Ministerio ha iniciado una audiencia pública para modificar diversas disposiciones sobre calidad alimentaria, incluyendo la definición del pan sin gluten, el único apto para personas con celiaquía. La propuesta distingue entre "pan común sin gluten" y "pan especial sin gluten", una categorización que el colectivo celiaco y los fabricantes ven necesaria para clarificar el estatus de estos productos.
Sin embargo, FACE advierte que la normativa no contempla las diferencias en la elaboración del pan sin gluten, que requiere más ingredientes, como almidones, para lograr características similares al pan convencional. Como resultado, prácticamente ningún pan sin gluten podrá incluirse en la categoría de "pan común", que tributa al 4 % de IVA, y pasará a gravarse con el 10 %, al ser considerado "pan especial".
Ante esta situación, FACE ha presentado alegaciones para que el pan común sin gluten tenga una definición acorde a sus ingredientes y tribute igual que el pan común convencional, evitando así un sobrecoste para las personas celiacas.
El Ministerio ha abierto un proceso de consulta pública para recoger alegaciones hasta el 12 de febrero.
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